Acciones y contro

CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES

  • CONSTITUCIÓN FEDERAL

    CONSTITUCIÓN FEDERAL
    Primera Constitución de México, donde señala que la Corte Suprema de Justicia conocerá de diferencias entre estados de la Federación.
  • BASES ORGÁNICAS

    BASES ORGÁNICAS
    Este instrumento facultaba a la Corte Suprema de Justicia para conocer de demandas judiciales que un departamento intentara contra otro.
  • ACTA DE REFORMAS

    ACTA DE REFORMAS
    En esta acta se consagra un control de Constitucionalidad por órgano político y restablece la Constitución de 1824, donde los conflictos entre los Estados es competencia de la Suprema Corte de Justicia
  • CONSTITUCIÓN DE 1857

    CONSTITUCIÓN DE 1857
    Señala que los >Tribunales de la Federación conocerán de Controversias suscitadas entre un Estado y otro y de aquellas en que la Unión fuera parte.
  • JUICIO DE GARANTÍAS

    JUICIO DE GARANTÍAS
    Inicia el debate de la transformación del Amparo como Juicio de Garantías Constitucionales
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    CAMBIOS Y PROPUESTAS

    En este periodo se establecen diferentes criterios a) Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados propone que las cuestiones políticas que perturben a los estados sean resueltos por el Congreso. b) Suprema Corte sostiene la necesidad de que las Controversias Constitucionales constituyan un verdadero juicio. c)Suprema Corte le corresponde de origen y en exclusiva conocer de Controversias Constitucionales, cuando fueran a instancia de parte.
  • CONSTITUCIÓN DE 1917

    CONSTITUCIÓN DE 1917
    Este instrumento distingue que el Senado de la República es competente para resolver conflictos políticos y la Suprema Corte conocerá de asuntos en materia Constitucional
  • REFORMA ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL

    REFORMA ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL
    Se hace el señalamiento de que la Federación será parte solo en los casos que establezca la Ley.
  • REFORMA AL ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL

    REFORMA AL ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL
    Esta reforma, reconocer al Distrito Federal como sujeto legítimo para promover una Controversia Constitucional
  • REFORMA ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL

    REFORMA ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL
    Se introduce la Acción de Inconstitucionalidad y establece que la SCJN conocerá de Controversias y quienes pueden ser parte en dicho procedimiento