Constitucion españa 1

Constituciones

  • 1215

    Carta Magna

    Carta Magna
    La firma de la Carta Magna otorgó amplios derechos, al principio a la nobleza y más tarde a los ciudadanos de Inglaterra. El 15 de junio de 1215, el rey Juan Sin Tierra, tuvo que ceder a la presión de los barones.
  • Reunión de las Trece Colonias.

    Reunión de las Trece Colonias.
    Tras la reunión de 1775 a la que asistieron los representantes de la 13 colonias británicas de América del Norte parecía que las cosas estaban a punto de cambiar para el imperio británico. Indignados por los tratos y condiciones que les ofrecía la Corona Británica, los norteamericanos estaban dispuestos a luchar por una mejora de las condiciones económicas respecto a las relaciones con Gran Bretaña
  • Constitución de los Estados Unidos de América.

    Constitución de los Estados Unidos de América.
    Richard Henry Lee del estado de Virginia introdujo una moción a favor de la independencia que fue aceptada el 2 de julio de 1776. Esta moción constituye la primera declaración escrita emitida por un pueblo proclamando su libertad de elegir su propio régimen político. Fue entregada a Thomas Jefferson, también de Virginia, para componer la declaración, la cual, con pequeños cambios realizados por el comité de redacción y por el Congreso, fue aceptada el 4 de julio de 1776.
  • Bill Of Rights

    Bill Of Rights
    La Carta Magna firmada en 1215 es fundamento de la actual legislación británica. Junto con la Declaración de Derechos (Bill of Rights) de 1791, se convirtió en la base de las leyes de Estados Unidos, cuya Constitución la alude en numerosos puntos.
  • Constitución Francesa 1

    Constitución Francesa 1
    El 3 de septiembre del año 1791, la Asamblea Nacional Constituyente francesa proclamaba la primera Constitución escrita que tuvo este país –la primera había sido la norteamericana (1787)-. Francia quedaba constituida en monarquía parlamentaria. Sería la primera de las 15 constituciones que ha tenido hasta hoy, y marcó el surgimiento del Estado de Derecho en el continente europeo
  • Constitución Francesa 2

    Constitución Francesa 2
    En 1793 se redactó una segunda constitución, la cual era más democrática y menos centralista que la primera. En ella se establecía el sufragio universal masculino, la Asamblea Legislativa sería elegida sólo por un año y el poder ejecutivo estaría formado por un Consejo compuesto por ministros que no fuesen diputados.
  • Constitución Francesa 3

    Constitución Francesa 3
    Conocida como la Constitución del año III.
    Fue más conservadora que la abortada constitución democrática de 1793. Estableció una república liberal con el derecho a voto en el pago de impuestos, similar al de la Constitución de 1791; una legislatura bicameral para hacer más lento el proceso legislativo; y un Directorio de cinco miembros. El gobierno concentraba central un gran poder, que incluía facultades extraordinarias que la libertad de prensa y de asociación en caso de emergencia.
  • Territorio Nacional en la época de la firma de la acta constitutiva de la nación

    Territorio Nacional en la época de la firma de la acta constitutiva de la nación
    Distrito Federal (CDMX) sede de los poderes de la República.
    3 estados Internos: Estado de Interno de Occidente (Sonora y Sinaloa), Estado Interno de Oriente (Texas, Nuevo León y Coahuila) y el Estado Interno del Norte(Nuevo México, Chihuahua y Durango)
    16 estados: Colima, Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Nuevo Santander (Tamaulipas), Oaxaca, Puebla de los Ángeles, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
    2 Territorios: Alta y Baja California
  • Acta Constitutiva

    Acta Constitutiva
    El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana fue la formalidad jurídica mediante la cual los representantes legales de los gobiernos de los estados independientes, libres y soberanos, formados a partir de la disolución de facto del Primer Imperio Mexicano, reconocieron el 31 de enero de 1824, su intención de constituirse en un ente jurídico, con patrimonio propio y capacidad legal ante otras naciones.1​
  • Period: to

    Pacto Federal Republicano

    El pacto federal es la organización política del Estado mexicano en la que los estados de la Federación son soberanos y están unidos mediante un acuerdo nacional en sus tres niveles de gobierno que son el federal, estatal y municipal.
  • Period: to

    André Hauriou.

    Político, jurista, sociólogo y educador francés, Maurice Hauriou contribuyó poderosamente con su obra al desarrollo del derecho administrativo.Hauriou defendió el orden individualista de la empresa y la propiedad privada, y contribuyó al desarrollo de procedimientos legales que protegieran a los ciudadanos de actuaciones administrativas indebidas, oponiendo así a la teoría de la soberanía nacional un sistema fundamentado sobre los derechos del individuo.1923; Compendio de derecho constitucional
  • Period: to

    Carl Schmitt

    Carl Schmitt fue un jurista, politólogo y filósofo político y jurídico alemán, figura esencial del movimiento revolucionario conservador​​ y un prominente miembro del partido nazi que pronto le designa enemigo.
  • Period: to

    Karl Loewenstein.

    Karl Loewenstein fue un filósofo alemán, considerado por una mayoría de expertos como uno de los padres del constitucionalismo moderno. Sus investigaciones sobre la tipología de las constituciones tuvieron gran impacto en Iberoamérica.
  • Period: to

    Mario de la Cueva.

    Mario de la Cueva y de la Rosa fue un académico y jurista mexicano, rector de la Universidad Nacional Autónoma de México de 1940 a 1942.
  • Period: to

    Felipe Tena Ramírez.

    Felipe Tena Ramírez fue un reconocido constitucionalista, destacado por su línea de pensamiento y sus obras sobre Derecho Constitucional Mexicano.​Felipe Tena nació en el núcleo de una familia destacada y culta
  • Period: to

    Manuel García Pelayo.

    Manuel García-Pelayo Alonso fue un jurista y politólogo español. Presidió entre 1980 y 1986 el recién creado Tribunal Constitucional de España.
  • Period: to

    Segundo V. Linares Quintana.

    Segundo V. Linares Quintana fue un jurista constitucionalista, académico, profesor universitario y abogado argentino.
  • Period: to

    Pablo Biscaretti Di Ruma

    Fue el ganador del concurso de derecho constitucional en 1939. Desde el año académico 1962/63 Biscaretti fue llamado a ocupar la cátedra de derecho constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad de Milán, donde permaneció hasta su jubilación en 1987.También fue profesor de derecho constitucional italiano y comparativo en las Facultades de Ciencias Políticas de las Universidades de Pavía y Milán.
  • Congreso para reforma.

    Congreso para reforma.
    Venustiano Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857. El documento sufrió numerosas modificaciones y adiciones.
  • Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917

    Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
    La forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal; se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo, se dividió por primera vez en cámaras de Diputados y Senadores. Se decretó la no relección, y se estableció un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la tierra. Además se reconoce las libertades de culto, expresión y asociación, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas.
  • Period: to

    Maurice Duverger

    Fundó el Instituto de Estudios Políticos de Burdeos, una de las primeras facultades para la ciencia política en Francia.
    Ideó una teoría conocida como ley de Duverger, que identifica una correlación entre un sistema de la elección y la formación de un sistema bipartidista.
  • Period: to

    Ignacio Burgoa Orihuela

    Ignacio Burgoa Orihuela fue un abogado y escritor mexicano, especializado en juicio de amparo y constitucionalismo. Sus obras Garantías individuales y El juicio de amparo son referencia indispensable en el derecho mexicano.​​
  • Period: to

    Daniel Moreno Díaz.

    Daniel Moreno; nació en 1919 en Colima; estudió Derecho en la Universidad Nacional de México; Posgrado en la Universidad Central de Madrid y en la Universidad Internacional de Santander; profesor de Historia Universal; Profesor de Derecho en UNAM; fundador del Club del Libro Colimense; en el Periodismo ha colaborado en Excélsior, El Nacional, El Universal, El Día, Novedades y otros.