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Se ve por primera vez los cimientos y derrumbamientos de esta zona de la ciudad. Se descubrió un fenómeno que se pensaba exclusivo de países nórdicos como Canadá o Noruega, en donde los suelos se caracterizan por estar compuestos de arcillas sensitivas, las cuales poseen entre uno de sus componentes sal, que durante las épocas de lluvia, tiende a disolverse con el agua dulce perdiendo su estado de solidificación
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Ingeominas después de varios estudios, llega a la conclusión que los terrenos ubicados en el nor-occidente de Barranquilla no son aptos para el desarrollo urbano de la ciudad. De la misma manera se vence el plazo para la elaboración del POT, con lo que se expone la ciudad a varias penalidades
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La empresa urbanizadora Parrish, como propietaria de la mayoría de los terrenos ubicados en Campoalegre, deciden hacer el reloteo de tres inmuebles de matrícula inmobiliaria que correspondían a 180 lotes, los cuales fueron puestos en venta a precios bajos, oportunidad que no deja pasar el Distrito
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La secretaria de Planeación Carmen Martín Bacci modifica ilegalmente el POT a través de una resolución que fue llamada 046 y que aprobaba estos terrenos para la construcción
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Las compañías de construcción empezaron a urbanizar la zona. Una de las que más aprovechó esta oportunidad fue la constructora Alejandro Char y Cia, quien levantó dos conjuntos llamados Altos del Campo y Ciudad del Sol, en los que un apartamento podía llegar a costar alrededor de 70 millones de pesos.
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Se empiezan a caer paredes de los parqueaderos, las de los edificios se rajaban, los pisos se hundían, se oían ríos subterráneos y los cerramientos se doblaban.
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Una residente de Altos del Campo llamada Marta Luz Sanz Borja, demanda a la constructora de Alejandro Char y Cia por violarle los derechos de tener tranquilidad y una vida digna. El primer fallo del juzgado Once Penal Municipal de Barranquilla, desestimó la petición de Sanz favoreciendo a la constructora de Alejandro Char
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la constructora de Char ordena un estudio con el fin de conocer lo que está ocurriendo con los territorios donde fue construido, concluyendo que lo acontecido ocurrió más por ignorancia del tema, que los daños deben ser pagados por El Estado y no la constructora
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El caso de Sanz tuvo que ser llevado hasta la Corte Suprema de Justicia,donde un grupo de magistrados falla a favor de Sanz y responsabiliza a la constructora de Alejandro Char , obligándola a pagar los daños y prejuicios que le ha ocasionado a la familia de Sanz, así como también a las personas que habitan el sector
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lo dicho por Geotecnología se volvió un vaticinio “en los próximos años deben esperarse los siguiente efectos: la calle 84B El Tobogán, se bloqueará y desaparecerá por los deslizamientos; igual las construcciones ubicadas en el área colindante a Ciudad Jardín; las zonas adyacentes al Tobogán se involucrarán en los deslizamientos”
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Habitantes del sector evitan que se continúen con los trabajos que venía adelantando la alcaldía de Barranquilla, al considerar los lotes como propiedad privada y no del distrito
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el alcalde Ad hoc, Jorge Saúl Gómez ordena que es responsabilidad del Distrito de Barranquilla y la firma Alejandro Char y Cia Ltda de reubicar 158 familias propietarias del conjunto residencial Altos del Campo, ubicado en la calle 84B No.41D-115 del barrio Campo Alegre, al noroccidente de la ciudad de manera immediata