Independencia de mexicoooooooooo

Cambios en la Administración Pública Federal

  • 1821

    1821
    El 8 de noviembre de 1821, se crea una ley: el reglamento para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal.
  • 1824

    1824
    La Constitución de 1824 disponía el nombramiento de secretarios de estado «para el despacho de los negocios de gobierno de la República»,1​ el primer presidente Guadalupe Victoria designó cuatro secretarios: del Interior y de Relaciones Exteriores; de Justicia y Negocios Eclesiásticos; de Hacienda; y de Guerra y Marina.
    La Primera Constitución de México entró en vigor el 4 de octubre de 1824
  • 1836

    1836
    Con las Siete Leyes Constitucionales de 1836, que convirtió a México en una república centralista, instauró como órgano supremo en el ejercicio político y administrativo del país al Supremo Poder Conservador un órgano colegiado integrado por cinco personas, que tenía superioridad jerárquica sobre los tres poderes, incluso del ejecutivo, el cual, permanecía a cargo de un presidente. Se ratificó el mismo número de secretarías, pero se les llamó "ministerios"
  • 1841

    1841
    en 1841 los ministerio de exterior y del interior se reintegrarían en el "Ministerio de Relaciones Interiores y Exteriores" y el espacio vacío fue ocupado por uno nuevo denominado "Ministerio de Instrucción Pública e Industria", que sería el antecedentes de futuros ministerios y secretarías de educación.
  • 1847

    En 1847 México regresa a su forma de gobierno federalista, pero mantuvo su forma administrativa hasta 1853 cuando el presidente en turno Antonio López de Santa Anna decide agregar un nuevo ministerio "de Fomento, Colonización, Industria y Comercio" y separa nuevamente las funciones de gobierno interno y relaciones diplomáticas y los deposita en el “Ministerio de Gobernación” y el “Ministerio de Relaciones Exteriores”, de esta manera las dependencias federales se elevaron a seis.
  • 1853

    1853
    En este mismo año se creó la primera ley que otorgaba autonomía jurisdiccional en materia administrativa mediante la «Ley para el Arreglo de lo Contencioso Administrativo» del 25 de mayo de 1853
  • 1857

    1857
    la administración pública no sufrió cambios tan radicales: se conservó el sistema presidencialista y la división de las funciones administrativas en ministerios que en dicha carta magna fueron llamados «Secretarías de despacho» permaneciendo reservada la facultad de su nombramiento y remoción al presidente así como del resto de los empleados de la administración pública
  • 1861

    1861
    decreto del 23 de febrero de 1861, en donde se conservó la división de los ministerios en 6, que fueron llamados «Secretarías de Estado y de Despacho» y conservaron sus mismas funciones aunque con los títulos ligeramente modificados
  • 2013

    2013
    El número y denominación de las secretarías de estado de México se encuentran determinados por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 26, el cual, conforme al texto establecido en la reforma más reciente de enero de 2013, prevé, junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la existencia de 18 secretarías de estado