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Constitución de Cádiz estableció que no se podría privar a ningún español del derecho de resolver sus diferencias por medio del arbitraje
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Constitución Federal de los EUM “nadie podrá privarse del derecho de terminar sus diferencias por medio de jueces árbitros, nombrados por ambas partes, sea cual fuere el estado del juicio
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Constitución federal de los estados unidos mexicanos de 1824, sus artículos 155 y 156 establecieron la conciliación y el arbitraje.
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Las Siete Leyes Constitucionales, todos los litigantes tienen derecho para terminar sus pleitos civiles y criminales por medio de jueces árbitros”
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Se considera el derecho para terminar los pleitos mediante jueces arbitro, previa conciliación para terminar pleitos.
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Código de procedimientos civiles, arbitraje “la facultad que dos o más personas confieren a particulares sin autoridad judicial, para que conozcan y decidan sus controversias. Por eso la discusión del negocio ante estas personas sin jurisdicción se le llama juicio arbitral”
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El código de procedimientos civiles distrito federal y baja california, establecieron un capítulo denominado “del Juicio Arbitral” los cuales contenían:
I. constitución del compromiso.
II. Voluntad eficazmente expresada.
III. Solemnidad del contrato, en escritura pública, si era mayor de 500 pesos, si era menor ante tres testigos. -
Se reformo la constitución, se reservó para la federación la facultad de legislar en materia comercial.
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Se publicó el Código de Comercio, en el cual se incluyó el procedimiento convencional.
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Código de Procedimientos Civiles del DF Y Territorio de Baja California, Capítulo V, Del Juicio de arbitraje
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El código de comercio que se contempla, de nuevo, al arbitraje como institución individual arbitral
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, En ella se encuentran previstas la conciliación y el arbitraje en materia laboral, una de las principales ramas del derecho social, en nuestra carta magna.
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Se crea la ley de arbitraje en México