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ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS MEDIOS PROTECTORES EN OTRAS CULTURAS

  • HOMINE LIBERO EXHIBENDO
    199 BCE

    HOMINE LIBERO EXHIBENDO

    Interdicto que se promovía ante el pretor para el efecto de
    obtener que un particular que tenía secuestrado a un
    hombre libre lo pusiera en libertad.
  • CARTA MAGNA
    Jun 15, 1215

    CARTA MAGNA

    Debido a la revuelta de los nobles ingleses, en 1215, el rey Juan sin Tierra otorgó la Carta Magna, en la que se confirmaron los derechos de la iglesia y de los señores feudales, con una clara limitación del poder real.
  • Jan 1, 1250

    PROCESOS FORALES DE ARAGÓN

    Estos proceso tuvieron su origen en un privilegio establecido por una ley de Pedro III en el siglo XIV; establecía un sistema protector de los derechos fundamentales de los hombres libres de Aragón. El sistema era protector de los individuos, tanto en su persona como en sus bienes, y tanto en lo referente a relaciones entre particulares, como de relaciones entre autoridades.
  • LAS SIETE PARTIDAS
    Jan 1, 1256

    LAS SIETE PARTIDAS

    Creadas entre los años 1256 a 1263, constituyen la obra jurídica máxima del rey Alfonso X. Puede decirse como antecedente del amparo, que la parte introductoria del Título XXIII de la Tercera Partida, se habla de amparo y amparamiento para designar desde antiguo defensa, protección o auxilio de los derechos de una persona.
  • PROVISIONES DE OXFORD
    Jan 1, 1258

    PROVISIONES DE OXFORD

    Instauradas en 1258 por grupo de barones liderados por Simón V de Montfort, Conde de Leicester; a menudo considerados como la primera constitución escrita de Inglaterra. Su importancia residía en que, por primera vez, la Corona inglesa era forzada a reconocer los derechos y poderes del Parlamento. Esto permitió a su vez, la ampliación de los derechos del gobernado oponibles al poder público.
  • FUERO DE VIZCAYA
    Jan 1, 1452

    FUERO DE VIZCAYA

    Ordenamiento, del año de 1452, establecen en el Capítulo XIII, derechos de los vizcaínos oponibles al poder soberano; no podían ser citados fuera de Vizcaya, aunque fuera por su señor.
  • PETITION OF RIGHTS

    PETITION OF RIGHTS

    Este documento constitucional establece garantías concretas para los súbditos que no pueden ser vulneradas por nadie, ni siquiera por el Rey.
  • DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS

    DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS

    En la Declaración de Independencia firmada el 4 de julio de 1776 se explicaba que "todos los hombres son iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad".
  • DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE

    DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE

    Se constituyen en los derechos de la persona humana reconocidos y requeridos previamente en los textos constitucionales para instaurar un proceso constitucional de defensa.
  • DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA

    DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA

    La Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana es un texto redactado el 5 de septiembre de 1791 por la escritora francesa Olympe de Gouges​​ parafraseando la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano proclamada el 26 de agosto de 1789, el texto fundamental de la Revolución francesa.
  • BILL OF RIGHTS

    BILL OF RIGHTS

    Impuso el Parlamento inglés al príncipe Guillermo de Orange. El propósito principal era recuperar y fortalecer ciertas facultades parlamentarias ya desaparecidas o notoriamente mermadas.
  • CARTA DE LOS DERECHOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    CARTA DE LOS DERECHOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    La Carta de Derechos de los Estados Unidos es el nombre
    colectivo que se le otorgan a las primeras diez enmiendas
    de la Constitución de los Estados Unidos. Estas enmiendas
    garantizan una serie de libertades personales, limitan el
    poder del gobierno en los procesos judiciales y otros; y se
    reservan algunas facultades a los estados y al pueblo.
  • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

    CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

    Creada en 1812, esta Constitución empieza a delimitar la autoridad del rey, cuando prohíbe que no podrá privar a ningún individuo de su libertad ni imponerle por sí pena alguna será privativo de un juez. Igualmente, establece la obligación de la Nación a conservar y proteger la libertad civiles, la propiedad y los demás derechos legítimos de toros los individuos que la componen.
  • CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN

    CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN

    22 de octubre de 1814, promulgación de la Constitución de Apatzingán. En esta Constitución, destacaba el reconocimiento de la religión católica, así como los conceptos de soberanía, ciudadanía, igualdad ante la ley y el respeto a la libertad.
  • LAS SIETE LEYES

    LAS SIETE LEYES

    La primera ley hablaba sobre ciudadanía y derechos, la segunda del Supremo Poder Conservador; en la ley número tres se indagó sobre el poder legislativo, la cuatro correspondió al ejecutivo y la quinta al judicial.
  • CONSTITUCIÓN YUCATECA DE 1840

    Estableció las siguientes figuras jurídica que constituyeron un regreso, aunque con un tinte más radical, a las ideas liberales que inspiraron la Constitución Federal de 1824: Las garantías individuales. La elección popular directa.
  • Constitución de Yucatán de 1841

    Constitución de Yucatán de 1841

    El nacimiento del amparo en México se ha situado siempre en
    la Constitución de Yucatán de 1841
  • CONSTITUCIÓN DE 1857

    CONSTITUCIÓN DE 1857

    Es en la Constitución de 1857 donde se consolida el amparo en nuestro orden constitucional. El juicio de amparo se consolidó en los artículos 103 y 107 de la “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 5 de febrero de 1857”
  • CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER

    CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER

    Aprobada por la Asamblea de la ONU en Resolución 640 de 20 de diciembre de 1952, que recoge en sus 3 primeros artículos, los derechos fundamentales de la mujer en la esfera política.
  • CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS

    CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS

    Los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otro tipo.
  • CARTA AFRICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LOS PUEBLOS.

    CARTA AFRICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LOS PUEBLOS.

    Todo individuo tiene derecho de apelación a órganos nacionales competentes contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos y garantizados por los convenios, leyes, ordenanzas y costumbres vigentes.
  • PROCURADURIA PARA LA DEFENSA DEL INDIGENA EN OAXACA 1986

    PROCURADURIA PARA LA DEFENSA DEL INDIGENA EN OAXACA 1986

    Es la Institución dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, en la que se integra la Defensoría de Oficio para la asistencia jurídica de personas que carezcan de defensor en los procesos penales.