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Normativa española sobre comercio terrestre y marítimo, aplicadas en Buenos Aires desde 1794 por el Consulado. Fueron clave como fuente de derecho mercantil durante la etapa colonial.
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Tribunal mercantil que resolvía litigios comerciales y aplicaba las Ordenanzas de Bilbao. Separaba la jurisdicción civil de la mercantil y funcionó con autonomía hasta la vigencia del Código de Comercio en 1859.
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Se estableció para controlar y fiscalizar el comercio exterior. Fue un hito en la regulación del comercio y la actividad aduanera en la colonia.
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Inicio del proceso independentista. Se abre camino a una legislación nacional propia en lo comercial.
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Introduce la matrícula de comerciantes nacionales y regula las consignaciones y contadores peritos en juicios comerciales. Marca un primer intento institucional de organización del comercio local post-independencia.
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Instalada en 1822, funcionó por poco tiempo. Ese mismo año se dicta la ley que regula corredores y martilleros, funciones clave para el funcionamiento del comercio formal.
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Se dictan tres decretos: uno sobre actos de comercio, otro sobre causas comerciales y otro sobre apelaciones. Representan el inicio de una organización jurídica específica para la actividad mercantil.
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El diputado García Zúñiga propone usar el código español de 1829. El intento fracasa, pero muestra el interés por un orden normativo claro.
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Suprime los concursos de acreedores, afectando el ordenamiento jurídico sobre insolvencia. Fue una medida autoritaria que se mantuvo vigente hasta 1858.
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El Estado de Buenos Aires encomienda al jurista uruguayo Eduardo Acevedo y a Vélez Sarsfield la redacción de un código unificado de normas comerciales. Aprobado en 1859
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Se aprueba sin debate legislativo. Entra en vigencia en 1860 solo en la provincia de Buenos Aires, reemplazando la estructura del Consulado.
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Con la reincorporación de Buenos Aires a la Confederación, su código se transforma en norma para todo el país por Ley N°15.
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Redactado por Vélez Sarsfield, genera tensiones con el Código de Comercio por superposición de temas.
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El Congreso Nacional designa una comisión para proponer reformas al Código de Comercio.
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Juristas como Villegas y Quesada presentan reformas que no prosperan por considerarse incompletas.
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El presidente Juárez Celman encarga a Segovia un nuevo proyecto de Código de Comercio, que queda sin efecto.
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Se reconoce el valor de los usos y costumbres como fuente jurídica, se elimina la matrícula obligatoria para comerciantes y se reforman normas sobre contratos, transporte, sociedades, títulos valores, quiebras, etc.
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Regula los derechos de autor sobre obras científicas, literarias, artísticas y técnicas. Aunque fue sancionada antes del auge digital, sigue vigente con reformas. Es fundamental para el comercio moderno, ya que protege activos intangibles como software, libros, marcas, música, diseño gráfico y obras audiovisuales.
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Se dictan diversas normas comerciales y societarias, aunque no se consolidan en un cuerpo normativo.
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Regula la transmisión del fondo de comercio como unidad económica funcional. Permite la compraventa de negocios en marcha, incluyendo elementos materiales e inmateriales como clientela, marcas, mobiliario y mercadería. Esta ley es clave para operaciones comerciales estructuradas y fusiones de empresas.
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Incorpora un nuevo régimen de letras de cambio y pagarés al viejo Código de Comercio.
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Establece un nuevo régimen general de seguros en Argentina.
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Sanciona el nuevo régimen de sociedades comerciales, aún vigente con reformas. Es pilar del derecho empresarial.
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La primera regula la navegación; la segunda, el régimen de martilleros.
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Establece el marco normativo de los bancos, financieras y otras instituciones de crédito. Regula la relación entre entidades y clientes, los requisitos de solvencia y el control del Banco Central. Es uno de los pilares del sistema económico argentino actual.
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Una regula el nuevo régimen de cheques; la otra, concursos y quiebras. Modernizan el sistema frente a nuevas necesidades económicas.
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Establece derechos fundamentales para los consumidores y obligaciones específicas para los proveedores de bienes y servicios. Introduce principios de equidad, información y trato digno. Su impacto es enorme en la actividad comercial actual, tanto física como digital.
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La participación activa de Argentina en el Mercosur implicó la adhesión a resoluciones regionales sobre comercio electrónico, firma digital, protección del consumidor, aduanas, transporte y más. Desde 1996, el Mercosur viene emitiendo normas clave para el comercio electrónico transfronterizo.
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La primera reforma el régimen del cheque y la segunda establece el nuevo régimen concursal (concursos y quiebras).
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Otorga validez legal a la firma digital, equiparándola a la manuscrita. Es la base del comercio electrónico seguro y habilita la contratación digital con plena eficacia jurídica, tanto en el ámbito público como privado.
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Reduce la mayoría de edad de 21 a 18 años, ampliando la capacidad de los jóvenes para intervenir en actos comerciales con plena validez jurídica.
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Por decreto presidencial, se crea la comisión encargada de redactar un nuevo Código Civil y Comercial unificado.
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Tras meses de trabajo técnico y jurídico, se presenta el proyecto que unifica el derecho privado.
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El 1° de agosto de 2015 entra en vigencia.Deroga el antiguo Código de Comercio y unifica el derecho privado en un solo cuerpo normativo. Elimina la figura del comerciante, los actos de comercio y la distinción entre contratos civiles y comerciales. Se centra en la actividad económica organizada como nuevo eje del derecho comercial argentino.
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A través de diversas resoluciones y reglamentaciones, el fideicomiso adquirió una figura jurídica muy sólida en el derecho comercial. Es un instrumento de organización patrimonial y financiera utilizado para emprendimientos inmobiliarios, inversión colectiva, garantías y financiamiento de proyectos.
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Crea una figura societaria moderna, digital y simplificada. Permite constituir una empresa en 24-48 hs con firma digital y sin necesidad de escritura pública. Es ideal para emprendimientos, pymes y e-commerce. Su regulación marcó un antes y un después en la organización societaria argentina.
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A partir de la pandemia, la AFIP (hoy en dia ARCA), el BCRA y organismos internacionales como el Mercosur emitieron resoluciones que regulan el comercio digital: medios de pago, protección del consumidor online, responsabilidad de plataformas, devolución de productos, etc. Estas normas reflejan la adaptación del derecho comercial a los cambios tecnológicos.