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En la que se confirmaron los derechos de la iglesia y de los señores feudales, con una clara limitación del poder real.
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El Rey Eduardo I, se vio obligado a confirmarla y establecer la anulación de sentencias si la carta no hubiera sido respetada.
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El rey Felipe II expidió, el 12 de febrero de 1559, una ley que regulaba las facultades de la audiencia de México. En este ordenamiento se prevé que se podía interponer el recurso de fuerza, por protesta ante el propio tribunal eclesiástico, o bien directamente ante la audiencia
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bajo el reinado de Felipe II, decía: “Los ministros y jueces obedezcan y no cumplan nuestras cédulas y despachos, en que intervengan los vicios de subrepción y obrepción…”.
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Establece garantías concretas para los súbditos que no pueden ser vulneradas por nadie, ni siquiera por el Rey,
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La impuso el parlamento ingles con Guillermo de Orange.
Recuperar y fortalecer ciertas facultades parlamentarias ya desaparecidas o notoriamente mermadas. -
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“Se obedezcan y no cumplan las cartas contra derecho en
perjuicio de partes, aunque contengan cualesquier cláusulas
derogatorias". -
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El derecho de amparo quedo plasmado en los articulo 103 y 107.
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Sobre las relaciones del Reino Unido de Gran Bretaña con los Dominios de la Commonwealth
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Con esta adición no solamente se protegen a lo derechos humanos sino también a las garantías.
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