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La República Argentina estaba bajo el control de la Corona española, y en este periodo se aplicaron las Leyes de India y supletoriamente las Leyes de Castilla.
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Surgieron a manera de código de comercio para 19 países iberoamericanos, era la normativa jurídica comercial básica, regularon puertos, carreteras, ferrocarriles, libros contables de los comerciantes, contratos, seguros y letras de cambio entre muchos otros asuntos relativos a los vínculos comerciales.
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Buenos Aires se incorporó al libre comercio con España y comenzó así su reactivación comercial, debido a esto se hacía imperiosa la necesidad de organizar una institución administrativa que cuidara la percepción de las rentas.
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Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia
continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil, cumplía una doble función: judicial y administrativa. -
Concluyó con la destitución del virrey español y su reemplazo por una Junta de Gobierno local.
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Tenia normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Era el primer organismo bursátil de la Argentina, los negocios se circunscribieron a la cotización de onzas de oro y la negociación de fondos públicos.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron estos decretos, sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en en 1858.
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Luego de varias tentativas para acelerar su consideración legislativa, se obtuvo que se aprobara, sin someterlo a discusión.
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Es un conjunto de leyes encargadas de regir la vida ciudadana de nuestro país.
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Las principales modificaciones fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios
en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación, el cual puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.