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Incorporación de las normas de Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban el comercio terrestre y marítimo. Anteriormente ya se aplicaban las Leyes de Indias y las de Castilla. Este consulado actuaba como tribunal en asuntos mercantiles.
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Ésta funcionó a partir de 1822 por un periodo corto y se dictó la ley de reglamentación de corredores y martilleros.
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En 1856 se prepara el proyecto de dicho código para luego, en 1857 presentarlo al Poder Ejecutivo de la Nación. Luego de varias tentativas, en 1859 se aprueba para que en 1860 comience a regir únicamente en la provincia de Buenos Aires. Luego, con la sanción de la Ley 15, en 1862 se adoptó para toda la Nación.
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Con ello, surge la necesidad de reformar el código de comercio.
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Se incluyen en esta modificación: el valor de los usos y costumbres como fuentes de derechos, se suprmió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante, hubieron cambios en la reglamentación sobre los corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, fianza, letras de cambio, cheques, entre otros; se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda. Esta reforma fue la causa principal en la sanción del Código.
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Sanción del Decreto-Ley 5965/63 que incorpora un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés
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Sanción de la Ley N°17.418 que agrega un nuevo régimen de seguros.
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Sanción de la Ley N°19.550 que agrega un nuevo régimen sobre sociedades al viejo código.
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Sanción de la Ley N°20.094 que incorpora un nuevo régimen para la navegación y la Ley N°20.266 que agrega un régimen para martilleros.
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Se incorpora un nuevo régimen de cheques y uno de concurso y quiebras a través de la sanción de las leyes N° 24.452 y N°24.522
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad. Pasa de ser de 21 a 18 años.
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Se modifica la edad en la que se obtiene la mayoría de edad. Ésta pasa de ser de 21 a 18 años. Sanción de la Ley N° 26.579
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Para 2015, el Código de Comercio es derogado por la Ley N°26.994 y entra en vigencia el Código Civil y Comercial de la Nación que se mantiene hasta el día de hoy. Éste clasifica a las personas como "humanas" o "jurídicas" sin diferenciar entre sujetos "comerciales" o "civiles". No existe mas la sociedad Civil ni la Comercial