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Podríamos decir que las primeras mediaciones se dieron en estos tiempos, en donde los arbitro o mediadores serían los jefes de las tribus, que ayudaban para que los pobladores solucionaran sus disputas. -
El Rey Meslim de Kish la hizo de mediador entre dos poblados distintos, en el cual delimitó territorios para la solución del problema. -
Se encontraron los registros escritos sobre la Mediación en los escritos de las memorias Sima, los cuales aparentan ser los primeros contenido en la Leyenda de uno de los Cinco Emperadores: Shun -
Maya y Hermès por Ordenes de Zeus notifican a París que será él quien resuelva la controversia entre las diosas Afrodita, Atenea y Hera. -
En ciertas épocas, Confucio abogaba por medio de la mediación para resolver conflictos en la familia. -
Aquí se permitía un espacio en forma de asamblea, donde las personas se reunían a realizar negocios, resolver controversias, proveer el comercio, entre otras prácticas -
El “Berth Ding Judío" creado en el siglo II, en una mediación formada por un grupo de rabinos; donde las partes acuden voluntariamente y su decisión es inapelable. -
La Mediación quedó patentada en la Biblia; en donde se destaca a Jesús como el encargado de mediar entre Dios y el Hombre -
En el Fuero Juzgo se encuentra la figura del Pacis adsertor, se les conocía como los ‘’mandadero de paz’’ ya que era enviado por el Rey a visitar a las partes con intención de que las previniera, sugiriéndoles la conciliación ante el Tribunal de los Obispos en la monarquía Visigoda -
El Parlamento Inglés aprobó la primera ley del Arbitraje; que no podía revocar el acuerdo de arbitraje de manera unilateral. -
En su libro "El arte de la Diplomacia", François de Callières crea el perfil con el que a su juicio debería tener todo buen diplomático o negociador. -
En las ordenanzas de Bilbao, se establece la obligatoriedad de la conciliación ante el Prior y los Cónsules, siempre que las partes "pudieran ser habidas". También, contemplaban el arbitraje en su capítulo décimo, ley XVI, “de las Compañías de Comercio”. -
Tras la victoria de la Revolución Francesa, la justicia deja de ser administrada por la autoridad absoluta, se genera la división de los poderes en ejecutivo, legislativo y judicial, este hecho toma una gran relevancia social, ya que por primera vez, se dan las bases de una sociedad democrática marcando un antecedente histórico y futuro desarrollo del país. -
En este Código quedaron establecidas las observaciones del compromiso arbitral; que debería contener: El objeto del litigio; Los nombres de los árbitros; Aplicarse en conflictos presentes. -
El Código de Comercio francés establece la mediación únicamente para conflictos marítimos y futuros. -
Es en la Constitución de Cádiz de 1812, donde tuvo su origen como medida general la Conciliación y alcanza el más alto rango legal, regulándose en el título V, capítulo II. -
Se estableció la obligación de acudir al "medio" de la conciliación previamente a iniciar acción civil, o penal por injurias, esto según como establecía en su artículo 155. -
Se permite el acuerdo de arbitraje para conflictos futuros, así como facultar a los tribunales judiciales para designar árbitros. -
En 1999, se creó la primera institución de mediación en el país, la Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria de la Universidad de Sonora, y meses después el Instituto de Mediación de México, S.C; en la Ciudad de México. -
Los Medios alternos de solución de los conflictos son legislados en México a partir de la reforma que se hace al artículo 17 de la Constitución Mexicana, el 18 de junio de 2008.