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La justicia restaurativa se remonta a las Leyes Brehon que arbitraba disputas e imponía sanciones, el objetivo de estas era el de restaurar a un estado de bienestar a la víctima y a la comunidad
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La Constitución establece en sus art. 155 y 156 la conciliación y arbitraje
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En la Constitución se encuentran previstas la conciliación y el arbitraje en materia laboral
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Antes de la segunda guerra mundial en los tribunales japoneses se dispuso legalmente la conciliación para solucionar desavenencias personales
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Se creó la Ley de cuerpo de mediadores capacitados para actuar en conflictos laborales
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Pacto de Bogotá
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Se crearon los comités populares de conciliación
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La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional adoptó reglas de conciliación desde este año
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La Judicial Improvement Act promueve y en ocasiones hace obligatorio el empleo de solución alternativa de controversias (ADR) por tribunales federales
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La Administrative Dispute Resolution Act promueve la utilización de "ADR" por dependencias federales
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Ley de Mediación y conciliación
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Crea una comisión para la promoción y difusión de los MASC, 1998 se promulga la Ley sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz
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Se crea la Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria de la Universidad de Sonora y meses después se crea el Instituto de Mediación de México S.C.
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Desde junio de ese año la justicia alternativa es un derecho para todos los mexicanos, ya que en el art. 17 de la CPEUM se establece el fundamento para que todos los Estados creen la legislación correspondiente en la materia.