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La justicia restaurativa se remonta a las leyes Brehon que arbitraba disputas e imponía sanciones. El principal objetivo de dichas leyes era el de restaurar a un estado de bienestar a la víctima y a
la comunidad. -
Artículos 155 y 156. Conciliación y arbitraje
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Artículo 17: "Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales" Artículos 107 fracc. V, 125 apartado A fracc. XXI, apartado B fracc. XII.
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Ley de cuerpo de mediadores capacitados para actuar en conflictos laborales
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Mecanismo para acceder a un sistema de justicia pleno, sin favoritismos.
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