-
Introduce la figura de conciliación como requisito previo para entablar cualquier juicio. -
Establecido en la Primera Convención de la Haya, el 29 de julio de 1899, así como en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (1945), Tratado de Arbitraje Obligatorio (1902), Tratado Americano de de SOluciones pacíficas; Pacto de Bogotá (1948).
-
El artículo 1944 del Código Civil para el Distrito Federal señala la figura de transacción como un contrato por el cuál las partes, haciendo recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura. -
En su artículo 20, fracción VI, exhorta a las partes, antes de pronunciar el fallo, a una composición amigable.
En 1986 se reforma a una audiencia precia y de conciliación. -
Después de 3 años, 10,000 documentos de evidencia y casi 500,000 dólares en honorarios, un tercero arbitró la disputa y se resolvió en 11 semanas.
-
Por sus siglas United Nations Commission on International Trade Law, adopta reglas de conciliación -
En Estados Unidos, el presidente George Bush, promueve y hace obligatorio en el Acta Judicial de 1990 el empleo de solución alterna de controversias, así como el Acta de Solución de Controversias de 1990. -
Se establece como tema de interés nacional la mediación como método no adversarial de solución de conflictos. Además, se crea un cuerpo de mediadores y una comisión honoraria para formular el proyecto de la Ley Nacional de Mediación.
-
México, Estados Unidos y Canadá firman el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, conteniendo el Capítulo XX, artículo 2022; con el compromiso de los tres países de promover y facilitar el recurso al arbitraje.