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El Gobierno procurará evitar o prohibirá la utilización de elementos ambientales y recursos naturales renovables que puedan producir deterioro ambiental en países no vecinos, en alta mar o en su lecho, o en la atmósfera o espacio aéreo más allá de la jurisdicción territorial.
El Gobierno también procurará realizar gestiones para obtener que, en circunstancias similares, otros países adopten actitud semejante. -
Establece la obligación de contar con un Programa de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
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Establece las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
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Reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional.
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Estipula la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores del país.
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Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
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por el cual se designan los puertos marítimos y fluviales, los aeropuertos y otros lugares para el comercio internacional de especímenes de fauna y flora silvestre.
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Que el artículo 79 de la Constitución Política señala que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.
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establece que, para prevenir la contaminación atmosférica se dictarán disposiciones concernientes, entre otros aspectos, a: la calidad que debe tener el aire,como elemento indispensable para la salud humana, animal o vegetal;los métodos más apropiados para impedir y combatir la contaminación atmosférica.
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La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País.
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Por el cual se reglamenta la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales, y se toman otras determinaciones.
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Modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
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Establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones. Asimismo, establece los Comités de Convivencia Laboral.
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El Título II se refiere a la competencia y la exigibilidad de la licencia ambiental, y se explica cuáles son los proyectos, obras y actividades que deben contar con una licencia ambiental.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) puede otorgar o negar la licencia ambiental para algunos proyectos en el sector de hidrocarburos; proyectos de explotación minera (de carbón, materiales de construcción, minerales metálicos y otros minerales) -
Establece el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
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Dentro de sus modificaciones están la composición orgánica de los CARMAC y su funcionamiento interno administrativo, se replantean y actualizan diferentes conceptos ambientales como lo son: “aguas continentales”, “aguas marinas”, “carga contaminante”, entre otros.
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Habla acerca de las plantaciones forestales, cercas vivas, árboles aislados dentro de la cobertura del bosque natural.
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establece que el objeto de la Aunap es ejercer la autoridad pesquera y acuícola de Colombia, para lo cual adelantará los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regulación, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura, aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de los recursos pesqueros.