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Se deberá redactar el contrato de transferencia de fondo de comercio, que debe incluir todos los detalles del negocio a transferir (inventario, bienes, deudas, etc.).
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Se debe publicar un aviso en el Boletín Oficial y en un diario local durante 5 días hábiles consecutivos, informando sobre la intención de la transferencia.
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Se debe notificar a los acreedores sobre la transferencia. Los acreedores tienen un plazo de 10 días hábiles desde la última publicación para oponerse.
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Se debe esperar el plazo de oposición de los acreedores (10 días hábiles desde la última publicación). Durante este período, si algún acreedor se opone, debe solucionar el conflicto antes de continuar.
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Se debe regularizar y cumplir con todas las obligaciones impositivas pendientes relacionadas con el fondo de comercio (AFIP, DGR, etc.).
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Se debe firmar la escritura pública de transferencia del fondo de comercio ante un escribano público.
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Se deberá inscribir la transferencia en el Registro Público de Comercio. Este paso es crucial para la validez y la disponibilidad frente a terceros.
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Se debe realizar la entrega efectiva de la posesión del fondo de comercio al comprador.
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Se deberá informar a todas las entidades públicas (municipalidades, AFIP, etc.) ya los proveedores sobre el cambio de titularidad del fondo de comercio.
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Por último se deberá verificar que todos los pasos se hayan cumplido correctamente y realizar un control final para asegurarse de que la transferencia cumple con todos los requisitos legales.