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Las partes acuerdan los términos y condiciones de la transferencia de fondo comercio, incluyendo el precio de venta y los activos y pasivos que se transferirán.
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El transferente debe publicar un aviso en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en la jurisdicción donde se encuentra el fondo de comercio, informando sobre la transferencia y solicitando a los acreedores que se presenten dentro de los 10 días para hacer valer sus derechos.
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El transferente debe entregar al adquirente una serie de documentos, como la escritura de constitución de la sociedad, los balances de los últimos 3 años, y otros documentos que permitan la evaluación del estado patrimonial del negocio.
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El adquirente debe registrar la transferencia de fondo de comercio en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y actualizar los datos del contribuyente.
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El transferente debe entregar al adquirente la posesión del fondo de comercio y de los activos y pasivos transferidos, y el adquirente debe aceptar la transferencia.
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Una vez inscrita la transferencia en el Registro Público de Comercio, el adquirente debe publicar un aviso en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en la jurisdicción donde se encuentra el fondo de comercio, informando sobre la inscripción.
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El adquirente debe presentar la documentación necesaria en el Registro Público de Comercio para inscribir la transferencia de fondo de comercio.
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El adquirente debe pagar los impuestos y tasas correspondientes a la transferencia de fondo de comercio, como el impuesto a los sellos y el derecho de inscripción en el Registro Público de Comercio.
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El adquirente debe notificar a los acreedores que se presentaron durante el plazo de 10 días establecido en el aviso de transferencia, informándoles sobre la transferencia y los términos y condiciones acordados.