Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto

  • Descongestión de Despachos Judiciales

    Descongestión de Despachos Judiciales
    Ley de Descongestión de Despachos Judiciales, en la cual por primera vez se consagra la figura de la conciliación extrajudicial tanto en derecho como en equidad. a Ley 23 de 1991. (Pág. 12)
  • Estatuto de Mecanismos Alternos

    Estatuto de Mecanismos Alternos
    Decreto 1818, expedido en 1998, y denominado Estatuto de Mecanismos Alternos conforman, por su funcionalidad y modo de implementación, responde a los elementos estructurales que definen la justicia comunitaria, tal es el caso de la conciliación en equidad. pagina 4
  • Conciliación en equidad

    Conciliación en equidad
    Ley 446 de 1998, que modificó lo concerniente a la figura plasmada en la Ley 23, introdujo los principios de informalidad y celeridad sobre los que se cimenta la conciliación en equidad, y añadió además los efectos del acta de cosa juzgada y merito ejecutivo (pag. 10)
  • Estatuto de Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos

    Estatuto de Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos
    Decreto 1818/1998, consagró en su artículo 86 que las autoridades competentes para elegir a los conciliadores en equidad son los tribunales superiores del distrito judicial de jurisdicción ordinaria en las ciudades y los jueces primeros de mayor nivel jerárquico en el resto de municipios del país. (pag.12)
  • Conciliador y juez

    Conciliador y juez
    Ley 497 de 1999, la cual entró a regir el 11 de febrero de 2000. En esta, el juez de paz es caracterizado como una persona que en principio asume el rol del conciliador en equidad y juez al mismo tiempo. Pagina 12
  • Derechos de los ciudadanos

    Derechos de los ciudadanos
    Ley (art. 2 Decreto 1477 de 2000), acercar la justicia al ciudadano orientándolo sobre sus derechos, previniendo el delito, luchando contra la impunidad, facilitándole el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos. (Pág. 5)
  • Justicia al ciudadano

    Justicia al ciudadano
    Acercamiento de la justicia al ciudadano, orientándolo sobre sus derechos, previniendo el delito, luchando contra la impunidad, facilitándole el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos (art. 2 Decreto 1477 de 2000) página 9
  • Acción integral en materia de justicia

    Acción integral en materia de justicia
    Decreto 1477 de 20014 . Se resalta su función específica de propiciar la creación de acción integral en materia de justicia comunitaria y justicia no formal, lo que, a nuestro modo de ver, si en la práctica se cumpliera, favorecería mucho la visibilidad de las figuras en estudio y propiciaría el conocimiento y uso por parte de la comunidad. (pág. 10)
  • Jueces de paz

    Jueces de paz
    El Concejo Distrital, mediante el Acuerdo 0010 (de 10 de agosto de 2004), en uso de sus facultades constitucionales y legales convocó, por primera vez, a elecciones de jueces de paz y de reconsideración en el distrito. (pág. 6)
  • Conciliadores en equidad

    Conciliadores en equidad
    El último proceso de selección fue realizado el 26 de junio de 2008, mediante el Acuerdo 2671, del mismo Tribunal, el cual resolvió elegir como conciliadores en equidad a 13 líderes comunitarios (Hernández Piedrahíta, 2011). (pág. 6)
  • Asuntos susceptibles de conciliación

    Asuntos susceptibles de conciliación
    Ley 1395 de 2010, en la que se estipula la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos susceptibles de conciliación en el área de civil y familia (el artículo 52 modificó el artículo 35 de la Ley 640 de 2001).(pág. 12)