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En su articulo 12 establece que nadie sera objeto de injerencias en su vida privada, su familia, domicilio, ni de ataques a su honra o reputación.
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En Suecia entra en vigor la primera ley en el mundo para la proteccion de datos con un organismo llamado DATA INSPEKTION BOARD
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Entra una ley titulada PRIVACY ACT, de igual forma para la proteccion de información de particulares
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Posteriormente se publicaron leyes referentes en los paises como Canada. Francia, Dinamarca, Noruega. Australia y Luxemburgo
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Se hace una recomendación para las pautas relativas a la protección de la privacidad y limites de transferencia
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Se aprueba un convenio para la protección de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la privacidad de datos de cada persona
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Brasil fue el primer país latinoamericano en promulgar la ley de Protección de Datos
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En Argentina se aprueba dicha carta en la cual se establece la protección de los datos personales como un derecho fundamental
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Entra en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental y de igual forma de la creación que se encargara de supervisar dicha ley, IFAI.
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Se presenta en la Camara de Diputados el articulo 6 de la Contitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual
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Se presenta ante la Camara de Diputados la reformacion de dicho articulo que tiene por objeto la dotación de facultades ala Congreso Federal para que se legisle en materia de protección de datos personales
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El Senado recibe la minuta la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos para los efectos constitucionales.
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Se llevo acabo una reuinion en la cual se debatió y se aprobo el pre-dictamen llevándose a acabo la siguiente modificación;
El Congreso tiene la Facultad para legislar en materia de protección de datos personales en posecion de datos particulares -
Ante el Pleno de la Camara de Senadores se incorpora un párrafo al articulo 16 que tiene como finalidad reconocer el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental
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toda persona tiene derecho a la protección de datos personales, al acceso, retificacion y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley.
Esta iniciativa se turna a las Comisiones de Puntos Constitucionales -
Dicha iniciativa fue aprobado por 97 votos a favor y 0 en contra y una 1 abstención sin modificación alguna
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Es aprobado por el Pleno de la Camara de Senadores con 371 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones
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El decreto fue publicado en la reforma de dicho diario
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Se establece un organismo autónomo que sera encargado de cuidar los datos personales
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