Primer Etapa (1821). Establecimiento de los 4 ministerios, denominados así en ese entonces, siendo éstos: la Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios, Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
En el año de 1824, a través del Artículo 117 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece la existencia de cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno.
Para el año de 1857 se facultó al Presidente de la República para nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los "ministerios".
En el año de 1917, el entonces Presidente de México, Venustiano Carranza creó secretarías y departamentos; expidiendo el 25 de diciembre de ese mismo año la llamada Ley de Secretarías de Estado.
En 1958 se expide el proyecto de la Ley Orgánica de la Administración Pública Mexicana.
1958. Se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, derogando el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad del ejecutivo federal para nombrar a los secretarios
Reforma al Artículo 90 constitucional en el que se establece que, la Administración Pública Federal sería centralizada y paraestatal.
El 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.