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a partir de la creación del consulado de buenos aires, se incorporaron las normas de la ordenanza de Bilbao de 1737 que regulaban el comercio terrestre y marítimo
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Se creó la matrícula para comerciantes nacionales, norma sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creo la bolsa mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos: sobre los actos de comercio, causa de comercio y alzada de comercio.
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Se sanciono la Ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio, que hasta dicho momento regia en la provincia buenos aires.
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donde las principales modificaciones fueron:
-el valor de los usos y costumbre como fuente del derecho.
-se suprimió el requisito de la inscripción de matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
-cambio en la reglamentación sobre: corredores, empresa de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letra de cambio, cheque, derecho marítimo, quiebra.
-se ajustaron los contratos de mutuo, deposito, y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Por decreto Rosas suprimió los concursos de acreedores ,esto fue derogado en 1858.
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Que incorpora el viejo Código de Comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Que incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de seguro.
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Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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que incorpora al viejo Código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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que entre otras cosas modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El Código de Comercio fue derogado y paso a regir en el país el Código Civil y Comercial, este código puso el fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina. Es el código que se encuentra vigente en la actualidad y es la principal Fuente del Derecho Comercial en nuestros días.