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Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Tenía una doble función: judicial y administrativa. -
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Creado por la Asamblea de 1813; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros
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Por inspiración de Rivadavia, se dictan 3 decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Esto fue derogado en 1858.
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El Código fue redactado por Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield. Fue originalmente utilizado para regir en el entonces Estado de Buenos Aires, que estaba separado del resto de las provincias reunidas en la Confederación Argentina.
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Al unificarse la Argentina en 1862, el Código de comercio fue declarado por el Congreso nacional, mediante la Ley N°15, como nacional y empezó a regir en todo el país.
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La sanción del Código Civil planteó la necesidad de reformar el Código de Comercio
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1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, dcho. marítimo, quiebras, etc.
4) Se ajustan los contratos de mutuo, depósito y prenda. -
Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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La Ley 20.094 incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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La Ley 24.452 incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El Código de Comercio fue derogado por la Ley N° 26.994 y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.
Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina.
Es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.