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Durante la época de la dominación española en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla.
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A partir de su creación se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil. -
La Asamblea del año 1813 creó la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores
peritos en los litigios comerciales. -
En el año 1821 se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se dictaron tres decretos: sobre actos de
comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
En 1836, por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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Fue creado por el jurista Eduardo Acevedo con la colaboracion de Dalmacio Velez Sarfield , el cual comenzo a regir en la Provincia de Buenos Aires ( en aquel entonces segregada de la Confederacion ) en el año 1860.
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual el Código de Comercio se adoptó para toda la Nación. -
Este fue compilado por el Dr. Dalmacio Vélez Sarfield. Es un conjunto de leyes encargadas de regir la vida ciudadana de nuestro país. Hasta ese entonces los magistrados argentinos administraban justicia siguiendo las coloniales leyes españolas.Se planteo a su vez reformar el código de comercio.
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Las principales modificaciones introducidas fueron: 1)El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2)Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante;3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas,sociedades,compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo,quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda,quitando el material que se consideraba civil.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.