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En 1661 se realiza una audiencia en Buenos Aires con el objetivo de proteger el territorio del Río de La Plata y cuidar a los comerciantes que estaban siendo perjudicados por el contrabando.
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Regulación de comercio utilizada en las colonias. Estas ordenanzas serán aplicadas por el Consulado de Buenos Aires años más tarde.
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Institución con funciones judiciales y administrativas sobre el comercio. Aplicaba las Ordenanzas de Bilbao. Fue un primer órgano especializado en derecho mercantil en el Río de la Plata.
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La Asamblea del Año XIII establece esta matrícula, con el fin de registrar y controlar a quienes ejercían el comercio. También dicta normas sobre contadores peritos y consignaciones.
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Se funda la primera bolsa mercantil de Buenos Aires, que funcionó poco tiempo. Se dicta una ley para regular la actividad de corredores y martilleros públicos.
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Con Rivadavia se dictan tres decretos fundamentales:
Uno define los actos de comercio.
Otro establece qué causas se consideran comerciales.
El tercero crea la “Alzada de comercio”, una cámara judicial especial para estos asuntos. -
Durante el gobierno de Rosas, se eliminan los procedimientos concursales. Esta medida será revertida recién en 1858, lo que revela una etapa de retroceso normativo.
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El Estado de Buenos Aires encarga al Dr. Eduardo Acevedo (con colaboración de Vélez Sarsfield) la redacción de un proyecto de Código de Comercio. En 1857 se presenta formalmente.
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Sin debate legislativo, se aprueba el Código de Comercio en la provincia de Buenos Aires. Entra en vigencia en 1860.
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Tras la unificación nacional, se adopta el Código porteño como norma nacional. Por primera vez hay un régimen unificado del comercio para todo el país.
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Genera superposición normativa con el Código de Comercio, lo que inicia décadas de reformas y conflictos de interpretación entre ambas ramas del derecho privado.
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El gobierno nacional sanciona una ley que permite al poder Ejecutivo Nacional designar una Comisión de Jurisconsultores que se encargarían de informar las novedades.
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Se reconoce la costumbre como fuente del derecho. Se eliminan obligaciones como la inscripción para ser comerciante. Se modernizan aspectos de quiebras, contratos y sociedades.
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Durante el gobierno de facto se intentan promulgar varias leyes y decretos modificatorios o complementarios que no tuvieron efecto alguno.
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Se aprueba una normativa especial para estos títulos valores. Introduce mayor previsibilidad jurídica en su uso.
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Establece un régimen legal específico para los contratos de seguro. Regula obligaciones, riesgos y derechos de asegurado y asegurador.
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Sustituye por completo la normativa anterior sobre sociedades. Es aún hoy el texto base para el derecho societario argentino.
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Se separa del Código de Comercio la regulación del transporte fluvial y marítimo. Esta ley regula derechos, contratos y responsabilidades en navegación.
Ley 20.266: Martilleros
Reforma la función y requisitos para ejercer como martillero público y corredor. Define el marco legal de estas profesiones dentro del comercio. -
Establece el régimen actual para los procesos de insolvencia. Incluye opciones como acuerdos preventivos y quiebras liquidatarias.
Ley 24.452: Cheques
Norma específica sobre la circulación y validez del cheque como instrumento de pago. -
Modifica la capacidad para ejercer actos comerciales. Desde esta ley, se considera mayor de edad (y por tanto capaz de contratar) a partir de los 18 años.
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El 1.º de agosto de 2015 entra en vigencia el nuevo Código unificado. Se deroga el Código de Comercio y se elimina la distinción entre contratos civiles y comerciales. No obstante, se conservan normas mercantiles específicas en leyes especiales.