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A partir de la creacion del cosulado en Buenos Aires, se incorporaron las
normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el
comercio terrestre y marítimo.
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Estaba conformado por un pior, dos cónsules – elegidos anualmente por los comerciantes de la ciudad – nueve consiliarios, un síndico, un secretario, un contador y un
tesorero. -
Se produce la revolucion, y de alli surgen:
- Año 1813: Creación por la Asamblea para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
- Año 1821: Se creó la Bolsa Mercantil
- Año 1822: Se dictaron tres decretos: sobre actos de
comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
- Año 1836: Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue
derogado en 1858. -
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Reconoce los siguientes antecedentes:
El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto
de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857
en 1862, se sancionó la
ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio -
1889: Se produce la primera gran reforma del Código de Comercio
PRINCIPALES MODIFICACIONES: 1) El valor de los usos y
costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación 4) se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El 01/08/2015, se produjo otra gran reforma del código
de comercio
Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días