Principales acontecimientos, antecedentes, códigos, declaraciones y normativos sobre bioética

  • Primer código que pretendía establecer criterios de regulación para la investigación en seres humanos

    Se redactó en Alemania, primer antecedente para demostrar la insuficiencia de los Códigos que planteaban desde una perspectiva genérica los puntos a considerar.
  • El Código de Nuremberg

    El Código de Nuremberg
    fue el primer código en el que se plantea el derecho del individuo a dar su “consentimiento voluntario” e el sujeto debe gozar de capacidad legal y competencia para realizar una elección libre y estar completa y verazmente informado
    para llevarla a cabo.
  • Incorporacion del codigo Nuremberg

    Incorporacion del codigo Nuremberg
    Asociación Médica Mundial adaptó a su código de ética los postulados de Nuremberg y los incorporó
  • Declaración de Helsinki

    Declaración de Helsinki
    En ella se introduce ya la diferencia entre investigación terapéutica y no terapéutica.
  • Investigaciones con deficiencia de los codigos bioeticos

    Henry K. Beecher, un anestesiólogo norteamericano publicó en New England Journal of Medicine un trabajo en el que se relevaron 22 investigaciones en seres humanos que se desarrollaban en EE.UU. en las cuales no se tenían en cuenta muchos de los enunciados de los Códigos de Nuremberg y Helsinki mberg y Helsinki, donde se expresaba un evidente engaño a los participantes.
  • Primera Carta de Derechos de los Pacientes

  • National Commission for the Protection of Human Subjets of Biomedical and Behavioral Research

    National Commission for the Protection of Human Subjets of Biomedical and Behavioral Research
    “llevara a cabo una completa investigación y estudio, para identificar los principios éticos básicos que deberían orientar la investigación biomédica y comportamental que compromete sujetos
    humanos“
  • Ethical Advisory Board

    Ethical Advisory Board
    Se constituyó con el objetivo de continuar el trabajo de la National Comission pero sobre este tipo especial de sujetos de investigación.
  • Informe Belmont

    Informe Belmont
    e intentaba proponer un método para el análisis y evaluación de
    proyectos de investigación, teniendo en cuenta unos principios específicos:
    Principio de respeto por las personas
    Principio de Beneficencia y No maleficencia y
    Principio de Justicia
  • Period: to

    President Commission for the Study of Ethical Problems in Medicine and Biomedical and Behavioral Research

    El objeto de continuar el trabajo de la anterior National Comission y la clarificación y profundización de los problemas éticos de manera que sean más comprensibles por aquellos que debían analizarlos y evaluarlos.
  • Institutional Review Board

    Institutional Review Board
    A partir de estas regulaciones que forman por Ley estos Comités, (IRB) y establecen sus funciones, se sientan las bases para las llamadas “Normas de buena práctica clínica” recomendaciones para el buen hacer ético científico de los investigadores, que tuvieron una enorme difusión
  • “Pautas Internacionales Propuestas para la Investigación Biomédica en Seres Humanos”

    El Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas, en colaboración con la Organización Mundial de la Salud elaboró las “Pautas Internacionales Propuestas para la Investigación Biomédica en Seres Humanos” para adecuar y ofrecer un método eficaz para la aplicación de los principios éticos en Nuremberg y Helsinki a las realidades regionales particulares. De este modo se hizo que los países en desarrollo o subdesarrollados para “proteger a poblaciones”
  • Pauta internacionales para la evaluación ética de los estudios epidemiológicos de CIOMS- OMS.

    Pauta internacionales para la evaluación ética de los estudios epidemiológicos de CIOMS- OMS.
    En todos los casos se ha sugerido que los países adhieran a través de sus constituciones a estas declaraciones tratados o Códigos; y no son pocos los estados en los que se ha redactado una Ley de investigación en Seres Humanos con el objeto de implementar con formato de normativa legal lo que parece un deber general. No ha corrido la misma suerte en los países de América Latina donde el estado actual de las legislaciones no es tan alentador.