-
Las mujeres podían solicitar un cese en el trabajo por próximo alumbramiento y que este puesto se le debía reservar al menos hasta las siguientes 3 semanas posteriores al parto. En el período de lactancia tendrían una hora al día dentro de las horas laborales para dar el pecho al bebé y que estas horas en ningún caso serían descontadas al cobrar el jornal.
-
El Seguro Obligatorio de Maternidad concedía a las madres un subsidio y un período de descanso de 12 semanas. Esto supuso una evolución con respecto al sistema anterior.
-
Otorgó la posibilidad de que la mujer embarazada se diese de baja temporalmente entre 1 y 3 años.
-
Con la Ley 16/1976, se amplió en dos semanas, hasta 14 semanas, el permiso de maternidad y la base reguladora pasó de ser del 75% que era hasta entonces, al 100%. La mujer trabajadora tenía derecho al menos a un periodo de descanso laboral de seis semanas antes del parto y a ocho después del parto. Se establecía como obligatorio el periodo postnatal, al que podía sumarse, a petición de la interesada, el tiempo no disfrutado antes del parto.
-
Quedó recogido que la suspensión y la reserva del puesto de trabajo sería de un tiempo máximo de 14 semanas para la madre tras el parto. En el caso del padre se menciona que tendría dos días de permiso en el caso de nacimiento de hijo, y 4 en caso de fallecimiento.
-
Recogido en el Estatuto de los Trabajadores, los padres solo tenían dos días de permiso laboral remunerado por el nacimiento de un hijo.
-
En 1989, se amplió este permiso de maternidad de 14 a 16 semanas o 18 en caso de parto múltiple, de forma ininterrumpida. Siendo las primeras 6 inmediatamente posteriores al alumbramiento y disfrutadas por la madre, de las otras 10, cuatro podían ser disfrutadas por el padre si la madre daba el consentimiento y no coincidían con las disfrutadas por ella”.
-
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de hombres y mujeres. Su duración era de 13 días ininterrumpidos de permiso por nacimiento, adopción o acogimiento, a estos 13 días se le sumaban además los dos días recogidos por el Estatuto de los Trabajadores
-
La Seguridad Social destinó 212.2 millones de euros al pago de prestaciones económicas por paternidad, frente a los 123.5 millones destinados en 2007 debido al aumento del tiempo de paternidad.
-
Se aumentó el tiempo de paternidad de 15 días a cuatro semanas.Contemplada desde el 2011, ésta reforma no se hizo efectiva hasta enero de 2017.
-
Su duración es de cinco semanas ininterrumpidas, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.
-
De las ocho semanas de permiso, las dos primeras serán obligatorias y deberán hacerlas coincidir con el permiso de la madre. Las seis restantes se podrán disfrutar dentro del primer año de vida del hijo.
-
12 semanas de permiso de paternidad, de las cuales las cuatro primeras serán obligatorias y deberán coincidir con las de la madre, el resto se podrán disfrutar en cualquier momento durante el primer año del niño
-
Los padres tendrán 16 semanas de permiso de paternidad igualándose al de las madres. Del total del permiso, las seis primeras semanas serán obligatorias y deberán coincidir para ambos progenitores, y las 10 restantes podrán disfrutarse a lo largo del primer año.