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El artículo 12 establece que:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataque. -
Antecedetes internacionales más importantes de la Protección de Datos Personales.
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Del Consejo de Europa establece, en su artículo 8, que: Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia
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Su artículo 11 referente a la privacidad.
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Artículo 17
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Sobre derechos humanos y nuevos logros científicos y técnicos
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Entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspektion Board.
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Establece la Ley de carácter general titulada Privacy Act
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Dichos países publicaron leyes referentes a la protección de datos personales.
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Sobre la tutela de los derechos del individuo frente al creciente progreso técnico en el sector de la informática
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Se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
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Relativo a la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto.
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Su artículo 1° establece: Garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona
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De Naciones Unidas
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Sobre protección de personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos
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Primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos
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La entrada y creación de mecanismos de protección de datos personales
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Aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental
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Toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI)
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Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos de Protección de Datos Personales, los cuales representan una regulación sin precedentes en México al ser primer instrumento normativo, estrictamente en materia de protección de datos personales, que desarrolla aspectos sustantivos en la materia tales como principios, deberes y derechos.
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Se presentó al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formuló como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada
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Se comienzan acciones con la intención de legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares (IFAI)
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
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Se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos
Constitucionales del Senado de la República, en la cual se debatió y aprobó el predictamen con una modificación de que el El Congreso tiene facultad: Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares -
Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo
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el Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información.
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Se aprueba el decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia
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Se emitió la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con la cual se terminó de armonizar la normativa en la materia en México.
Así, se tienen dos legislaciones específicas que dictan obligaciones, deberes, procedimientos, sanciones y recursos en la materia, tanto para el sector público como privado -
Desde 2002 hasta la fecha el país se encuentra trabajando constantemente en mecanismos necesarios para garantizar en la población la protección de los datos personales.
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La Cámara de Senadores de México aprobó la adhesión del país al Convenio del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal