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Se desprende de la investigación realizada por Bermudez en 1988.
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A este esquema de vigilancia estatal se debe el comisario que fue establecido en el Código de Comercio de Colombia, que vigilaba las operaciones de los administradores.
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Deroga el comisario y establece el derecho de inspección, por medio del cual el gobierno podría acceder a los trabajos y documentos de la economía privada dependiendo de la necesidad pública.
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El Gobierno envía un mensaje claro sobre la necesidad de velar por los intereses de la comunidad a través del revisor fiscal. Esta ley no definió la revisoría fiscal.
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Exigió a las sociedades anónimas tener un revisor fiscal con funciones claras que no difieren sustancialmente de las hoy contenidas en el artículo 207 del actual Código de Comercio.
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Se fija una norma a las Camara de Comercio para la inscripción de las Sociedades Anónimas. "Sera requisito esencial que de los documentos presentados aparezca que la sociedad tiene un Revisor Fiscal.
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Entra en vigencia la creación de la superintendencia de sociedades y se actualiza el papel del revisor fiscal asignándole funciones alrededor de los informes financieros. De manera muy similar a lo estipulado en el Decreto N° 1946
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Artículo 134. Toda sociedad anónima tendrá necesariamente un revisor fiscal con su respectivo suplente, elegidos por la asamblea general de accionistas, para un período igual al del gerente, que pueden ser reelegidos indefinidamente. El revisor será siempre una persona natural.
El suplente reemplazará al principal en sus faltas absolutas, temporales o accidentales. -
La Junta Central de Contadores es el Tribunal Disciplinario de la Contaduría Pública en Colombia y organismo de inspección y vigilancia de la misma, sus orígenes se remontan a 1956.
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Se reglamenta la profesión de contador
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En el decreto 2373/56 se reconocía dos clases de contadores, los Contadores Inscritos y los Contadores Públicos; luego surge la ley 145 de 1960 quien entra a derogar el antes mencionado decreto y suprime la categoría de Contador Inscrito quedando como único los Contadores Públicos
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Hasta esta fecha la revisoría no se encontraba reglamentada a profundidad, es solo hasta 1971 con la aparición del Decreto No. 410 (actual código de comercio) que logra su reglamentación a cabalidad.
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Revisoria Fiscal en el nuevo Código de Comercio
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crea la Contraloría General de la República y organiza la contabilidad nacional
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Ley de Convergencia "Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento".