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La tierra esta dividida en tres grandes grupos.Tierras comunales: (Calpulli) conjunto de familias que poseían tierras comunales, tierras administradas por el estado: (Altepetlalli) propiedad de barrio, propiedad privada (Pillali) principales nobles.
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Las tierras se daban en arrendamiento a quienes carecían de ellas y recibían parte de lo cosechado, el resto se entregaba para el beneficio y provecho de sacerdotes, militares y funcionarios públicos.
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Tierras de los principales nobles que mediante herencia eran transmitidas entre la clase noble.
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Tierras que se repartían a cada jefe de familia, estas tierras eran cultivadas por los miembros de un determinado barrio o Calpulli, con la condición única de permanecer en el, así se aseguraba el beneficio directo de los miembros de la comunidad.
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Surge con los conquistadores como pago a los colonos por sus servicios y les otorgan extensiones de tierras con la condición de convertirse a la religión católica.
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Se realizaron modificaciones al Derecho de Propiedad de la tierra, se crearon grandes latifundios en donde mestizos e indígenas fueron sometidos a un régimen de explotación laboral.
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Nace la primera gran institución y debido a que los reyes de España conocieron del despojos que habían realizado los colonos, ordenaron que se les devolvieran sus propiedades.
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Surge el concepto de ejido que era el reparto de las parcelas.
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La tercera Institución que surge es el Cultivo obligatorio (si dejaban de cultivar su parcela durante dos años consecutivos perdían su derecho sobre la parcela).
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El Latifundio nace en la nueva España porque la repartición de la materia agraria benefició a los conquistadores y colonos.
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Se expide el decreto mediante el cual se creó la Dirección de Colonización.
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Ordenaba que las fincas que estuvieran en arrendamiento pasaran en propiedad a los arrendatarios.
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Se incorpora la actividad económica de las tierras desiertas y abandonadas, protege el derecho de propiedad y señala un límite de extensión por individuo.
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Todos los bienes del clero deben entrar inmediatamente al dominio de la Nación.
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Se expide la Ley sobre ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos para impulsar la colonización de los mexicanos.
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Despojo de territorios a las comunidades indígenas. Ideología marxista.
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Devolver las tierras que habían sido despojadas a los indígenas. Dar tierras a aquellos grupos campesinos carentes de las mismas.
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Artículo 27 de la Constitución Política. Creación de figuras de Restitución y Dotación.
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Se publica la Ley de Dotación y Restitución. Intenta regular el artículo 27
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1940-1942. Expedición de Códigos Agrarios. Perfeccionamiento del procedimiento del reparto agrario.
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El 50% del territorio nacional estaba constituido en propiedad social, por lo que ya no existía más tierra que repartir. “Culmina el reparto agrario”.