Los principales antecedentes del derecho comercial en nuestro país. Trabajo Practico 2 (Derecho Comercial)
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Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo. A finales del siglo XVIII se crea la Aduana de Buenos Aires.
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Creado por la Asamblea del Año 1813 normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Conforme al decreto de Rosas: Quedaron sin efecto los juicios de concursos llamados de “esperas o moratorias” y de “remisión” o de “acreedores”. A partir de esa fecha, ningún deudor pudo solicitar quitas o esperas en juicio.
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Segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield.
El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857. Luego de varias tentativas para facilitar su consideración legislativa, se obtuvo que se aprobara, sin someterlo a discusión, en 1859, para comenzar a regir, solo en la Provincia de Buenos Aires, en 1860. -
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
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Las principales modificaciones introducidas fueron:1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3)Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo y quiebras.
4)Se ajustaron los contratos de mutuo acuerdo, depósito y prenda, quitando el material que se consideró civil. -
Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años
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En 2015, más precisamente, el 08/01/2015, se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.