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En este periodo imperaba la teoría económica denominada “Clásica”, que postulaba el aprovechamiento de cada país de sus ventajas comparativas para alcanzar la maximización de sus rentas y bienestar de su población. De tal forma que el “libre comercio” era un requisito básico para lograr la distribución equitativa de las ventajas y la nivelación de los precios. -
En 1782, nace realmente el verdadero primer Arancel de Aduana de España, con diversidad de partidas, derechos y franquicias, unas 2.700 partidas -
Se publicó el primer documento legal del México independiente para los gobiernos de las aduanas marítimas en el comercio libre del imperio el cual fue El Arancel General Interno. -
En 1841, se promulga la primera Ley Arancelaria, seguida de un
nuevo Arancel de Aduanas. -
En 1849, se da una nueva Ley de Bases, que da lugar a un nuevo arancel, con la novedad de numera las partidas, conservando la nomenclatura un orden alfabético y aparecen los derechos específicos -
Desde el siglo XX hasta 1945
En Europa el proteccionismo se intensificó, producto de las guerras e intenciones colonialistas de algunos países que contribuyeron a incrementar la rivalidad internacional, caso del triunfo alemán sobre Francia en 1870 -
Se analizaron las virtudes y defectos del libre comercio y se llegó a la idea de que el libre comercio puede estimular, pero también puede “fosilizar”. La teoría Clásica pasó del argumento del “libre comercio absoluto” (arancel cero) al argumento del “libre comercio relativo”. Se adoptó una postura de protección y mayor intervención del gobierno en la economía.
La teoría económica que surgió fue la “Neoclásica” proclamada por EE.UU y Alemania. -
En los años noventa José Y. Limantour, secretario de hacienda de 1893 a 1911 consolido una política arancelaria favorable a una sustitución de importaciones por la vía de la reducción de tasas a materias primas y bienes de capital, y su aumento a bienes finales. -
Debido a la diferencia de los derechos arancelarios y clasificación de las mercancías en el comercio entre países, se buscó unificar y simplificar los aranceles. -
Se publicó la nueva tarifa de aranceles en la cual el único producto prohibido era el opio; se redujeron los gravámenes a los artículos de primera necesidad y se aumentaron para los artículos de lujo. -
Los ingresos por aranceles representaban en promedio 19% de los ingresos totales. 1918-1929 -
La Ley vigente fue abogada por la nueva ley aduanera de 1935 en la que se incluyo un nuevo régimen para las actividades de los agentes aduanales. -
Se elaboró una Nomenclatura Común de Mercancías y en 1937 salió otra denominada “Nomenclatura de la Sociedad de las Naciones” que fue más flexible y dio mucho énfasis a la necesidad de dar estabilidad a los Aranceles de Aduanas. -
En 1947 se suscribió en Ginebra el Acuerdo General sobre Aranceles Aduanero y Comercio, en donde 23 países desarrollados negociaron la reducción de esos obstáculos, principalmente de la rebaja de los altos aranceles. -
Entre los decenios de 1970 y 1980, las tarifas arancelarias se redujeron entre 0% y 35%. -
Se firmó en Bruselas la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), cuyo objetivo era unificar un lenguaje universal que sirviera para identificar las mercancías. -
Mexico se incorporo al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) -
Se reformó la Ley Aduanera para que se adecuara a lo requerido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte -
Fueron eliminados los últimos aranceles en América del Norte para productos que cumplen las reglas de origen del TLCAN.