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1325
Pueblos Precuauhtemicos.
Se caracterizaba por su severidad, aplicando castigos como la pena de muerte, esclavitud, destierro y castigos corporales. La prisión no era una pena en sí misma, sino una medida preventiva hasta la ejecución de la sentencia. Existían diferentes tipos de prisiones según la gravedad del delito: Teilpiloyan, Cuauhcalli, Malcalli y Petlacalli o Petalco. -
1495
Época precolonial
El derecho penitenciario se caracterizaba por penas como mutilaciones, azotes y la privación de la libertad, que podían ser cumplidas en un centro penitenciario o en el domicilio del detenido. El juez tenía libertad para imponer la pena, y las cárceles eran más bien lugares de custodia y seguridad, no de castigo, hasta que se resolvía la situación del preso. -
1521
Época de la Colonia
Se caracterizaba por un régimen punitivo severo, donde las cárceles eran más bien lugares de depósito y custodia antes que centros de rehabilitación. Las penas aplicadas eran variadas, incluyendo trabajos forzados, azotes, mutilación, y hasta la pena capital, con frecuencia enfocadas en la disuasión y el castigo, más que en la reintegración social. -
1521
Colonias penitenciarias
Las colonias penitenciarias fueron establecidas por potencias imperiales, como Reino Unido y España, con el objetivo de aislar a criminales y disidentes de la sociedad metropolitana. El modelo español permitía que los familiares acompañaran al recluso a la colonia. Los prisioneros eran sometidos a aislamiento inicial y luego realizaban trabajos forzados en la colonia. Al finalizar la condena, podían quedarse como ciudadanos, consolidando la presencia española en esos territorios. -
Leyes de indias
Compiladas en el siglo XVII para gobernar las colonias españolas en América, establecieron los primeros antecedentes del sistema carcelario o penitenciario en México. Estas leyes, aunque no eran específicamente penitenciarias, contenían disposiciones sobre la detención, el trato a los reos y la función de las cárceles, influenciando el desarrollo del sistema carcelario posterior. -
Edad Antigua y Media (Roma, Grecia, Europa feudal)
El castigo se centraba en la venganza y la tortura pública. Las prisiones no eran para reeducar, sino para retener temporalmente a los acusados. -
Cárcel de La Acordada
Era un tribunal ambulante que juzgaba de forma rápida y sin procesos largos, los juicios eran sumarios. Los principales delitos perseguidos eran especialmente delitos como asaltos, robos en caminos reales y delincuencia organizada. Se caracterizaba por su régimen severo, malas condiciones, hacinamiento y castigos duros. Los detenidos eran enviados a la Cárcel de la Acordada, ubicada en el centro de la Ciudad de México. Esta cárcel cerró en 1831 y fue reemplazada por la Cárcel de Belén en 1862. -
Italia
Cesare Beccaria publica "De los delitos y las penas", obra fundamental para el pensamiento penal moderno. Promueve penas proporcionales, abolición de la tortura y reformas humanistas. -
Inglaterra
John Howard publica "The State of the Prisons", denunciando las condiciones deplorables de las cárceles británicas. -
Australia como colonia penitenciaria británica
Entre 1788 y 1868, el Imperio Británico estableció en Australia una extensa red de colonias penitenciarias. La Primera Flota, compuesta por 11 barcos y aproximadamente 1,400 personas, llegó a la bahía de Botany en enero de 1788, fundando la colonia penal de Nueva Gales del Sur. Australia evolucionó de ser una colonia penal a convertirse en una nación independiente, aunque la influencia cultural británica perduró. -
Constitución de Apatzingán
En México nos encontrábamos en el periodo postindependencia en el que surgió la Constitución de Apatzingán, que destacaba en su artículo 18 que en la nueva legislación no se admita la tortura (Cámara de Diputados, 1814); sin embargo, la protección de derechos humanos quedó en letra muerta en los lugares donde se albergaban prisioneros o malhechores -
Estados Unidos
Se desarrollan dos modelos penitenciarios:
Sistema Pensilvano (Filadelfia): Aislamiento total, penitencia mediante reflexión.
Sistema Auburn (Nueva York): Trabajo en común en silencio, aislamiento nocturno. -
Constitución
Constitución de México considera penas proporcionales, pero no hay aún sistema penitenciario estructurado. -
Reino Unido
Alexander Maconochie introduce el sistema de "recompensas" en prisiones australianas, base del sistema progresivo. El régimen progresivo es un sistema de ejecución de penas que busca la reinserción gradual de los reclusos en la sociedad. Se basa en la idea de que las personas pueden cambiar y, a través de un tratamiento individualizado y progresivo, pueden reintegrarse exitosamente a la sociedad. -
Constitución
Durante la vigencia de la Constitución de 1857 no estableció ningún régimen penitenciario a nivel nacional. -
Cárcel de Belén
Ubicada en la CDMX,funcionó en los siglos XIX y principios del XX.Era conocida por sus condiciones infrahumanas: Celdas sucias, mal ventiladas, sin agua potable ni comida suficiente.El hacinamiento y las enfermedades eran comunes, muchos presos morían por enfermedades, maltrato o asesinatos sin que nadie investigara.La violencia entre los reos,el abuso por parte de los guardias y la corrupción eran parte del día a día.La brutalidad institucionalizada convirtió la cárcel en un símbolo de terror. -
Código Penal
Para la federación y el distrito federal, la primer gran obra legislativa en esta materia fue el código penal promulgado por el presidente Juárez, comenzó a regir en 1872. -
Ceuta, Colonia penitenciaria
En el norte de África, funcionó como colonia penitenciaria desde el siglo XIX hasta 1910. En 1889, se estableció.
Los presos eran empleados en trabajos forzados, como la construcción de infraestructuras, y en ocasiones se les permitía estar acompañados por sus familias. Este sistema no solo buscaba el castigo, sino reforzar la presencia española en la región. las dificultades de adaptación al sistema progresivo y otros factores llevaron al cierre en 1910. -
Penitenciaría de Lecumberri
La Penitenciaría de Lecumberri conocida como el "Palacio Negro", fue la principal cárcel de México durante gran parte del siglo XX; inspirada en esquemas que buscaban la expiación de los reos, integrando el trabajo con la vida cotidiana, con la finalidad de lograr la reinserción de los reclusos. Sin embargo, la sobrepoblación y corrupción al interior frustraron esos ideales, derivando en una prisión que se convirtió en sitio de purgación, terror y sometimiento. -
Colonia Penal Federal Islas Marías
se construyó la Colonia Penal Federal Islas Marías en Nayarit. También conocida como "La Tumba del Pacífico". En sus inicios fue una cárcel sin rejas, el sol y el océano eran los encargados de impedir que los reos escaparon, de ahí que se le llamara "el penal con muros de aguas", durante el gobierno de Porfirio Díaz. La prisión fue cerrada en 2019 tras la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador, con el objetivo de transformar la isla en un centro turístico. -
Área médica
En nuestro país, la organización médica hospitalaria comenzó en la cárcel de Lecumberri, entre los años 1910 y 1912 al convertirse en cárcel preventiva del distrito federal donde se establece la atención psiquiátrica, médica, internista y quirúrgica. -
Constitución De Los Estados Unidos Mexicanos
Promulgada por el presidente Venustiano Carranza, emanada de una revolución, Introdujo garantías individuales y derechos sociales, y consolidó una base para futuras reformas penales y penitenciarias. -
México
Comienza la idea de "readaptación social", especialmente tras la Revolución Mexicana. -
Código Penal
Se promulga el código penal vigente -
Naciones Unidas
Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas por el primer congreso de las naciones unidas sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente, celebrado en Ginebra. -
Penitenciaría, Santa Martha Acatitla, Iztapalapa, Ciudad de México
Inicialmente la Penitenciaría del Distrito Federal fue planeada para la sustitución de "Lecumberri", durante la década de 1950 y llevado a cabo dicho proyecto en los años de 1957 y 1958. Fue inaugurada el 14 de octubre de 1957, pero los primeros 72 internos llegaron en el 1958. Su arquitectura correspondía al tipo "peine", se le dio un parecido a la ciudad universitaria al hacerse amplios patios y corredores con jardineras.En1973 se inauguró el dormitorio de máxima seguridad. -
Reforma al artículo 18° Constitucional
Se modificó el artículo 18 constitucional de 1917 para quedar en los siguientes términos “los gobiernos de la federación y de los estados organizarán el sistema penal en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo la capacitación para el mismo y la educación como medio para la readaptación social del delincuente. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.” -
Estado de México
El Estado de México promulgó su ley de ejecución de penas privativas y restrictivas de libertad -
institución de la remisión parcial de la pena
Fue introducida en 1968 en la ley de ejecución de penas privativas y restrictivas de libertad del Estado de México, consiste en la remisión de un día de prisión por cada dos de trabajo siempre que el recluso observe buena conducta, participe regularmente en las actividades educativas y revele por otros datos efectiva readaptación social, viene a suplir en cierta medida junto con la libertad preparatoria y la retención, la falta de la condena indeterminada en México. -
Ley de Ejecución de Penas
Veracruz, sonora, puebla y Sinaloa cuentan con su respectiva ley de ejecución de penas -
En la década de 1970, se implementaron regímenes de seguridad
Se implementaron regímenes de seguridad diferenciados en las prisiones, adaptados a la peligrosidad y necesidades de cada recluso. Este sistema clasificaba a los internos en categorías de seguridad, como mínima, media y alta, con el objetivo de mejorar la gestión penitenciaria y la seguridad en los centros. -
EE.UU
Motín de Attica en Nueva York denuncia condiciones carcelarias, impulsa reformas en derechos de reclusos -
Ley Orgánica De La Procuraduría De Justicia
Fue promulgada la Ley Orgánica De La Procuraduría De Justicia del distrito federal que a la función persecutoria de esta entidad agregó funciones preventivas y asistenciales. -
Ley de normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados
Su aplicación correspondió a la dirección general de servicios coordinados de prevención y readaptación social que sustituyó al anterior departamento de prevención social también de la secretaría de gobernación, se facultó al ejecutivo federal para que promoviera su adopción en los Estados a través de convenios de coordinación. La ley de normas mínimas puso especial atención en el personal penitenciario al que se ha considerado como la piedra clave del tratamiento. -
ley que crea los consejos tutelares para menores infractores DF
Se promulgó la ley que crea los consejos tutelares para menores infractores del distrito federal la cual fue publicada en el diario oficial de la federación. -
Ley de la Procuraduría General de la República
se promulgó la nueva Ley de la Procuraduría General de la República y se reformó el código penal con el objeto de sistematizar las disposiciones aplicables a las conductas delictivas en materia de estupefacientes y psicotrópicos, precisar los tipos en este sector incrementar algunas de las penas y mejorar La regulación del decomiso y del procedimiento para toxicómanos. -
Reforma al código penal y se expidió la ley de extradición internacional.
Fue reformado el código penal para racionalizar las penas de los delitos patrimoniales y se expidió la ley de extradición internacional. El Ejecutivo Federal propone dos iniciativas: Reformar el artículo 18 constitucional para permitir convenios con otros países y que reos extranjeros en México cumplan su sentencia en su país de origen o residencia, y viceversa para mexicanos en el extranjero. Reformar el Código Penal para otorgar libertad preparatoria a sentenciados por delitos contra la salud. -
Clausura de Lecumberri
En sentido inverso a la creación de nuevas instituciones se debe destacarse la clausura de la cárcel preventiva de la ciudad de México, en Lecumberri, que cancela una obscura historia de represión y corrupción. Actualmente, alberga el Archivo General de la Nación, sirviendo como testimonio de una época y recordatorio de los desafíos en el sistema penitenciario mexicano. -
Creación del INACIPE
Creación del instituto nacional de ciencias penales, centro de docencia sobre todo a nivel de posgrado de investigación científica y de información y documentación -
Nuevos centros penitenciarios
La Secretaría de Gobernación y el Departamento del Distrito Federal impulsaron la construcción de 41 nuevas instituciones penitenciarias en todo México, incluyendo centros para adultos y menores, destacando la construcción de los Reclusorios Norte y Oriente en el Distrito Federal con capacidad para 2500 personas, así como el Centro Médico de los Reclusorios y el diseño del Centro de Readaptación Social tipo que se replicó en varios estados, como Querétaro, Campeche y Colima. -
Publicación En La Gaceta De Gobierno La Ley De Rehabilitación Para Menores Del Estado De México
La cual establece ART 1o.Esta ley tiene por objeto establecer las bases para la prevención de conductas antisociales infantojuveniles,así como regular el tratamiento rehabilitatorio en sus fases externas coma institucional y post institucional;de acuerdo a estudios biopsíquicosociales, pedagógicos y laborales de los menores de edad. Para efectos de este ordenamiento, se consideran menores de edad y por consecuencia sujetos al mismo las personas cuya edad fluctúe entre los 7 y menos de 18 años. -
Penal del Altiplano
Fue construido el Centro Federal de Readaptación Social No. 1 "Altiplano", conocido como el "Penal del Altiplano", durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari. La construcción se llevó a cabo en el Ex Rancho la Palma, en el poblado de Santa Juana, municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México. -
CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NO. 2 “OCCIDENTE”
Ubicado en Puente Grande, Jalisco, México. Fue conocido anteriormente como Centro Federal de Readaptación Social Puente Grande, y luego se denominó “N°2 Occidente” a partir del 6 de abril de 2006. Nivel de seguridad de este centro es máximo y existen sistemas y equipos electromecánicos y electrónicos como: circuito cerrado de televisión, control de accesos, alarmas , detectores de metal, drogas y explosivos, radiocomunicación, voz y datos, sensores de presencia, y teléfono. -
Centro Varonil de Rehabilitación Psicosocial
Fue construido con las características de los anexos femeniles y en 1990 cumplía con esa función, el 6 de diciembre del 93 se retira a la población femenil y fue utilizado para albergar a internos en proceso de preliberación hasta 1995, posteriormente fue cerrado y en 1997 se destina a la población varonil inimputable como lugar para extinguir su medida de seguridad y como valoración y tratamiento de manera transitoria para pacientes psiquiátricos provenientes de otros Centros. -
Centro Federal De Rehabilitación Psicosocial
Ubicado en Ciudad Ayala, en el Estado de Morelos. Está diseñado para personas que han cometido delitos federales y que presentan problemas de salud mental graves, como trastornos psicóticos o trastornos de personalidad, que requieren intervención especializada para su readaptación a la sociedad. -
Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla
Ubicada en la alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México. Fue inaugurado el 29 de marzo de 2004 por el entonces Jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador. Este centro fue diseñado específicamente para atender las necesidades de las mujeres privadas de libertad y sus hijos e hijas.
El centro alberga exclusivamente a mujeres, clasificadas según su situación jurídica:
Procesadas: Mujeres en espera de una resolución judicial.
Sentenciadas: Mujeres que cumplen una condena dictada por un juez. -
México
Reforma constitucional reconoce la reinserción social como fin de la pena.
El 12 de diciembre 2005 se modifica el artículo 18 constitucional, su objetivo fue establecer un régimen de justicia para adolescentes con el cual también se dio cumplimiento en alguna medida los compromisos internacionales del estado mexicano en esta materia. -
México
Reforma constitucional para transformar el sistema de justicia penal mexicano, pasando de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio. -
Centro Federal De Readaptación Social No. 4 “Noroeste”
Ubicado en el municipio de Tepic, Nayarit. El nivel de seguridad de este centro es medio, existen sistemas, equipos electromecánicos y electrónicos como: circuito cerrado de televisión, control de accesos, alarmas perimetrales, detectores de drogas y metales, radiocomunicación, telefonía sensores de presencia, entre otros para apoyar a los empleados de seguridad en el control de la institución.
Actualmente es catalogado como de máxima seguridad. -
México
Modernizar el sistema de derechos humanos en México, incorporando los derechos humanos de los tratados internacionales a la Constitución y estableciendo el principio de pro persona. La reforma también buscó fortalecer la protección de los derechos de las víctimas y los derechos de los acusados, así como mejorar la eficacia en la lucha contra la delincuencia organizada. -
Institución Abierta “Casa De Medio Camino"
Esta institución forma parte de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la Ciudad de México y se enfoca en la reinserción social de personas privadas de libertad que están bajo el beneficio de sustitutivo penal en libertad. Cuenta con certificaciones internacionales por cumplir con estándares de excelencia en la atención y funcionamiento. -
ONU
Se adoptan las Reglas Nelson Mandela, actualización de los estándares de trato digno a los presos. -
México
Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio con enfoque garantista. se fundamenta en principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad, concentración, continuidad e inmediación, buscando una mayor participación de la víctima y una mayor transparencia en los procesos. -
Cierre Del Centro Federal De Readaptación Social (Cefereso) Número 3, Noreste
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) formalizó la desincorporación y cierre de operaciones del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 3, Noreste, que se localiza en Matamoros, Tamaulipas.
La decisión se tomó debido a las deficiencias y problemas de seguridad en el centro penitenciario, incluyendo sobrepoblación, hacinamiento y falta de personal de custodia suficiente.