Images

Linea de tiempo Derecho Procesal Mercantil

  • El Derecho Procesal Mercantil en la Nueva España

    El consulado de la ciudad de México (1592) tuvo una gran importancia en la formación del derecho Mercantil en esta etapa. Al principio fue regido por las ordenanzas de Burgos y Sevilla, pero en 1604 fueron aprobadas por Felipe III las ordenanzas del Consulado de la Universidad de Mercaderes de la Nueva España.
  • Las Ordenanzas de Bilbao

    Constituyen el primer cuerpo de Derecho Mercantil español que abraza el comercio terrestre y el marítimo; evitan, en lo posible, dudas, diferencias y pleitos; y algunas de sus disposiciones pueden considerarse como las primeras que de su clase se dictaron en España. Las ordenanzas de Bilbao tuvieron aplicación constante en la Nueva España ya que este ordenamiento fue un ordenamiento más completo y técnico que solo regulaban la materia mercantil.
  • El Proceso Mercantil en el México Independiente

    Desde que México logra ser un país independiente en 1821, ha tenido su propia regulación procesal en materia mercantil, ya que los juicios mercantiles se rigieron por las Ordenanzas de Bilbao.
  • Otorgan jurisdicción los Jueces de Letras

    En 1824 se suprimen los consulados y se entrega jurisdicción mercantil a los jueces de letras, quienes fueron asesorados por los comerciantes.
  • Comercio Español de 30 de mayo de 1829

    Comercio Español de 30 de mayo de 1829
    Las Ordenanzas de Bilbao estuvieron vigentes hasta 1854, cuando se expidió el primer código de comercio, siendo presidente del país, Antonio López de Santa Anna y ministro de justicia, D. Teodosio Lares, a quien se le atribuye la paternidad de dicho código, de ahí el calificativo de "Código Lares”.
  • Creación de Tribunales Mercantiles por Antonio Lopéz de Santa Anna

    Antonio Lopéz de Santa Anna expidió el Decreto de Organización de las Juntas de Fomento y Tribunales Mercantiles que fue complementado por el Decreto de Primero de Julio de 1842, éste último reformó la organización de dichos tribunales para facilitar el despacho de los asuntos relativos a los negocios mercantiles.
  • Primer Código de Comercio en México

    En 1854 durante el gobierno de Antonio López de Santa Anna, se promulgó el primer Código de Comercio mexicano, conocido con el nombre de "Código de Lares". El código regulaba lo relativo a la administración de justicia en materia de comercio y contenia la Ley de Bancarrota que regulaba la materia de quiebras.
  • El Código Lares 1855

    Es conocido como el primer Código de Comercio, se dictó el 16 de marzo de 1854, y fue conocido como Código de Lares por el ministro de Justicia, don Teodosio Lares, eminente jurista que intervino en su redacción.
  • Imperio de Maximiliano

    Durante el imperio de Maxilimiano se restablece la vigencia del Código Lares.
  • Segundo Código de Comercio de 1884

    Con base en esta reforma constitucional de 1883, se promulgó el Código de Comercio de 1884, aplicable en toda la República. Este Código en su libro VI trata de los juicios mercantiles, aunque solo regulaba de manera clara y completa al de la quiebra.
  • Libro V del Código de Comercio de 1884

    Los comerciantes podrán optar por conservar el libro mayor y sus libros de actas en formato impreso.
  • Código de Comercio de 1889

    El Código de Comercio de 1889 entra en vigor el 1 de enero de 1890. Dicho código comprendió toda la materia mercantil de la época, al igual que lo habían hecho los dos anteriores de 1854 y 1884, siguiendo la tradición codificadora europea de ordenamientos exhaustivos omnicomprensivos
  • Reforma al Código de Comercio vigente, con fecha 4 de enero de 1989

    Un siglo después de su creación se reforma el Código de Comercio de 1889, Destaca la reforma al artículo 1051, ya que establece que el procedimiento mercantil será el que libremente convenga a las partes, pudiendo ser un procedimiento ante tribunales o un procedimiento arbitral.
  • Reforma al Código de Comercio vigente del 24 de mayo de 1996

    En esta reforma se intento regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de la supletoriedad que hasta a ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la Federación
  • Las Ordenanzas de Bilbao 1854

    En nuestro derecho procesal mercantil debemos distinguir dos momentos: antes y después del decreto de 24 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio del mismo año, en el que sustancialmente cambia el régimen de supletoriedad, de los códigos procesales civiles locales al Código Federal de Procedimientos Civiles como sucedió en la gran reforma procesal del 24 de mayo de 1996.