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Surgen de la necesidad de hacer valer la dignidad humana, después de la segunda guerra mundial, inicialmente se hablaba de libertad y propiedad.
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Consiste en satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje de cada persona, permitiendo una visión ampliada, mejorando las condiciones y recursos para aprender logrando la equidad y alcanzando los objetivos establecidos en la declaración
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Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión.
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Formula y difunde información de buenas prácticas que reflejen la comprensión, definición, diagnóstico, clasificación y planificación de apoyos individualizados en el campo de la discapacidad intelectual.
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Las personas con discapacidad son parte del servicio publico educativo y requieren de igualdad e integración, el estado debe apoyar las políticas y contribuir a propiciar los espacios y pedagogías necesarias para dicho proceso
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Su objetivo es alcanzar una Educación para Todos, reflejan un consenso mundial sobre las orientaciones y prestaciones educativas especiales.
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las instituciones deben tener un currículo claro y estructurado para brindar una formación integral a personas con discapacidades o talentos especiales, deben contar con material necesario y solicitarlo si es necesario, el método evaluativo sera teniendo en cuenta el lenguaje y códigos de la población atendida
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La educación publica permitirá acceso a personas con limitación de forma integral,sin importar las edades, no podrán ser discriminados, el gobierno establecerá la metodología, evitando ser exclusivos. Deben contar con material y recursos apropiados para brindar educación de calidad.
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Estipula organización general de la educación preescolar. Reglamenta los deberes de las instituciones, garantizando la la articulación entre niveles y las orientaciones curriculares.
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Aprueba la eliminación de formas de discriminación a personas discapacitadas, reafirmando que cuentan con los mismos derechos humanos y libertades como cualquiera y que no pueden ser discriminados por que se atenta al dignidad e igualdad humana.
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Establece criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal administrativo y docente del servicio educativo ajustando la planta a personas con algún tipo de necesidad especial
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Garantiza los programas y estrategias intersectoriales para prevenir las situaciones de discapacidad. promueve el respeto y reconocimiento de diferencias, proveyendo la autonomía y participación de estas personas en diferentes espacios cotidianos.
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Cada territorio organizara su oferta educativa, según las necesidades especiales por su condición, adecuaran el PEI para brindar atención y se brindara une educación de calidad, deberán tener en cuenta docentes capacitados para inclusión y especialistas en diversas ramas para una mejor atención
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Los seres humanos cuentan con derechos básicos y libertades fundamentales, poseen los mismos derechos, la discapacidad es parte de la diversidad, se requiere de respeto e igualdad, son libres y pueden tomar decisiones.
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Protege los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Promueve, protege y garantiza sus derechos humanos y la igualdad ante la ley
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Contiene principios, dimensiones y deberes de la población en discapacidad, posee un enfoque de derechos que busca implementar el desarrollo integral de las personas con discapacidad de Bogotá, D.C.
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Reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención a estudiantes con discapacidad, con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva.
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Aprueba la “Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad”, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. se aprueba el promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
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Establece disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, propone medidas y acciones afirmativas que permiten a las personas con discapacidad, bajo un marco de corresponsabilidad, ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con las demás personas.
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Expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen a dicho Sector y contar con un instrumento jurídico único para el mismo.
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Modifica la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
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Reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad, haciendo notar sus derechos e igualdades, dignidad y respeto como cualquiera y sobre todo su derecho a educación de calidad