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A partir de la creación del Consulado de Buenos Aires se incorporan estas normas las cuales regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
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A finales del siglo XVIII.
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Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último las Ordenanzas Reales de Castilla.
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Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Rosas suprimió los concursos de acreedores.
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Se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Fue un proyecto que se presento al poder ejecutivo en 1857, se aprobó en 1859 y comenzó a regir en provincia de Buenos Aires en 1860. Posteriormente reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
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Se produce la primera gran reforma.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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La Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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La Ley 20.094 incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.