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En el año 476, cae el Imperio Romano de Occidente debido a que Odoacro, un caudillo bárbaro, derroca a Rómulo Augústulo, último Emperador. -
Eurico elaboró en el año 476 el Código de Eurico. Fue un monumento del derecho romano vulgar y es un ordenamiento que no tiene carácter completo, dio respuesta a problemas no contemplados en la legislación romana. -
Promulgado en el año 506 en una asamblea de notables ilustres. Con esta obra se trató de dar a conocer el Derecho a toda la población. Esta obra recoge y actualiza el Derecho romano (leges y iura). A todas las leges las acompaña una interpretatio para que la población la entendiera y el Breviario contenía un Commonitorium que decía que era el único texto aplicable en los tribunales, bajo pena capital. -
Leovigildo fue un monarca visigodo. Este llegó a unificar territorialmente el reino y elimina el poder bizantino. Proclama la Plenitudo Potestatis. Proclamó el llamado Codex Revisus (aunque esto no está totalmente claro porque no se conserva el texto). Este texto revisaba el Código de Eurico. -
En el año 654 el rey Recesvinto publicó el Liber Iudiciorum que es el texto jurídico visigodo más importante de la historia. Por primera vez se separa el Derecho visigodo de la influencia del Derecho romano. Tiene carácter territorial, está escrito en latín y era de obligada utilización en los juicios. Fue traducido al antiguo castellano. -
Los musulmanes derrotan al último rey visigodo Rodrigo en la batalla de Guadalete en el año 711. Estos deciden quedarse en España y ocupan rápidamente la Península Ibérica. Comienza entonces la llamada Reconquista. -
Con la victoria del rey visigodo Pelayo en la batalla de Covadonga se formó en la parte Occidental el reino astur leonés y se inicia así el proceso de repoblación. -
Es un tipo de repoblación que surge de particulares. El objetivo de esta repoblación es conseguir unas tierras para vivir del aprovechamiento de estas.
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Es un límite con el poder franco. Los Hispani sometidos a musulmanes buscan el apoyo franco y llegan a un acuerdo: conservación del derecho a cambio del reconocimiento del poder franco. Data de finales del siglo VIII. Había disposiciones administrativas divididas en capítulos. Primero tenemos al de Carlomagno que era sólo para los habitantes de Barcelona y se encarga de establecer la condición por la que se regirían los Hispani. -
Se encarga de establecer las tierras y la administración de justicia. -
Es un resumen de los otros dos capítulos anteriores (el de Carlomagno y el de Ludovico Pío). Condición de los hispani, asentamiento y exceptuó el uso del derecho visigodo en los casos de homicidio, rapto o incendio. -
Este tipo de repoblación es llevada a cabo por el poder público (reyes, nobles, condes). El objetivo es regenerar las ciudades o poner en marcha toda una estrategia en la lucha con los musulmanes.
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Carta de población que se otorgó en el proceso de repoblación catalán. -
Carta de población otorgada por el rey aragonés Sancho Ramírez. Está redactada en latín y contenía 24 disposiciones. Es un fuero de derecho burgués. Muy difundido entre otros territorios del entorno (Pamplona, Estella, Sangüesa) -
El 14 de febrero de 1068 acude a Roma para consolidar el viejo reino de Aragón.