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Antecedentes Coloniales
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Durante la época de la dominación española se aplicaron estas leyes, especialmente creadas para las colonias americanas.
Suplementariamente se utilizaban las leyes de Castilla. -
Conformaron un autentico documento histórico irrebatible de las competencias que se disponía.
estas ordenanzas se incorporaron a partir de la creación del consulado de Buenos Aires. Regulaban el comercio terrestre y marítimo. -
Se creo una doble función, ya que entendía en la jurisdicción de asuntos litigiosos referida a los pleitos mercantiles y, a su vez, cumplía con las funciones administrativa de dirección y ejercicio del poder de policía del comercio. -
Fue una serie de acontecimientos revolucionarios ocurridos en ciudad de Buenos Aires. -
Antecedentes anteriores a la codificación .
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Introdujo profundos cambios políticos y sociales.
Creo la matricula de comerciantes nacionales y estableció normas sobre las consignaciones y el nombramiento de peritos contables en los litigios comerciales. -
En ese mismo año, se dicto la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se instalo la bolsa Mercantil (funciono por un breve lapso).
Por inspiración de Rivadavia se dictaron los decretos sobre actos, causas y alzada de comercio. -
Suprimió los concursos de acreedores, siendo drogado en 1858
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En respuesta a una necesidad que surgió tras la Revolucion de Mayo. -
Fue desarrollada por el jurista uruguayo Eduardo Acevedo quien conto con la colaboración de Dalmacio Velez Sarfield.
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La sanción del Código Civil planteo la necesidad de reformar el código de Comercio. -
Las principales modificaciones introducidas al código de comercio fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derecho ; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciantes; 3) Cambio en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, leras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras, 4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda
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incorpora un nuevo regimen sobre letras de cambio y pagares.
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Incorpora un nuevo regimen de seguros.
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Incorpora un nuevo regimen de seguros.
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Se incorporan un nuevo regimen para la navegación y para los martilleros respectivamente
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Modifica la edad para aduirir la mayoria de edad, pasando de 21 a 18 años, entre otras cosas.
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El código de Comercio fue derogado y paso a regir en el pais el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado.
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El nuevo Código Civil y Comercial considera a las "personas" en forma unificada y las clasifica como personas jurídicas y humanas, no hace referencia directamente a todo lo relacionado con la actividad mercantil, es decir, al " acto de comercio ", ni al " comerciante ", ni a las "obligaciones comerciales", ni "jurisdicciones comercial", sin embargo, la materia comercial subsiste con su configuración normativa, con sus contenidos diferenciados y con sus finalidades.