LEGISLACIÓN TURISTICA

  • La Constitución Mexicana.

    La Constitución Mexicana.
    Norma fundamental, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos.
  • Primera Ley Federal del Turismo.

    Primera Ley Federal del Turismo.
    La presente Ley es de interés público y observancia general en toda la República, correspondiendo su aplicación e interpretación en el ámbito administrativo, al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Turismo.
  • Consejo Nacional del Turismo

    Este consejo subraya la importancia concebida por el ejecutivo al desarrollo del turismo.
  • Fundación de el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR)

    Fundación de el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR)
    Institución responsable de la planeación y desarrollo de proyectos turísticos sustentables de impacto en México y un órgano de fomento a la inversión.
  • Se funda la Secretaria de Turismo (SECTUR)

    Se funda la Secretaria de Turismo (SECTUR)
    La Secretaría de Turismo es la dependencia responsable de planear, promover y fomentar el desarrollo turístico en el Estado, cuidando el óptimo y racional aprovechamiento y preservación de los recursos naturales y culturales.
  • Se funda la Organización Mundial del Turismo.

    Se funda la Organización Mundial del Turismo.
    Es el organismo de las Naciones Unidas encargado de la promoción de un turismo responsable, sostenible y accesible para todos.
  • El Código Ético Mundial para el Turismo.

    El Código Ético Mundial para el Turismo.
    Un conjunto omnicomprensivo de principios concebido para orientar a los principales actores del desarrollo turístico.
  • Iniciativa de la Ley.

    Iniciativa de la Ley.
    Se comenta la reforma del articulo 73 hacia una dirección turística.
  • Articulo 73 de la Constitución.

  • Ley General del Turismo

    Es de orden público e interés social, de observancia general en toda la República en materia turística.