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En el antiguo Egipto aparece el libro de los muertos, primeras noticias documentadas de lo que sería los derechos. Este escrito tiene gran influencia de la religión, en ello se mencionan aspectos de conducta, de justicia, muerte, etc.
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Mientras que en Mesopotamia aparecen por primera vez recopilacionesde normas, ordenadas de formasistematizada, orientadas a organizar lavida social.
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El Código Hammurabi se convierte elprimero en regular la conocida Leydel Talión, estableciendo el principiode proporcionalidad de la venganza;es decir, la relación entre la agresióny la respuesta.
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El Código de Dracónes la primera recopilación escrita de leyesde Grecia, y disponía que solo el Estadotenía la potestad de castigar a laspersonas acusadas de crímenes.
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En Oriente, Confucio transforma el confucianismo en religiónoficial de China, promulgandoel respeto a la jerarquía y las buenasrelaciones entre los gobernantes y lossúbditos, entre el marido y la mujer, elpadre y el hijo, para alcanzar así unasociedad más justa
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En Roma aparece la Ley de las Doce Tablas, el cual puedeconsiderarse el origende un textoconstitucional como se entiende hoy,al asegurar la libertad, la propiedad yla protección de los derechos del ciudadanoy la igualdad ante la ley, todoello en un contexto de estructura socialsegregada y discriminatoria
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Apogeo del cristianismo, el cual dio origen,entonces, a una nueva etapa en lahistoria de los derechos humanos, alproclamar la igualdad entre los sereshumanos (todos hijos de Dios) y alrechazar la violencia, aun cuando enla práctica la misma iglesia tardómucho en adoptarlos enteramente.
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Aparecen los Concilios, estos abarcaban temas políticos y eclesiásticos, eso sí, en sesionesseparadas y distintas atribuyéndole enel ámbito político la mayor jerarquíanormativa. De estos Concilios nacíannormas que eran contenidas en losacuerdos o cánones conciliares. (edad media europea)
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Surgen las primeras manifestaciones de garantías individuales en el Derecho Español y aparecen como aporte del Derecho Canónico al Derecho Hispanovisigodo. Estas normas están contenidas entre los acuerdos ocánones de los Concilios V, VI, VIII. (edad media europea)
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Mahoma empieza a divulgar el islam,lo cual supone un proceso de humanizaciónde las costumbres de las sociedadesdel norte de África. Insistióen la igualdad de los seres humanosproclamada por el cristianismo; laspersonas son iguales por lo que atañea la humanidad, al respeto de los derechosy la dignidad humana.
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Se aprobaron un conjunto de leyes, el cual se tituló “La Carta Magna Leonesa”, establecía garantías procesales comola libertad personal, el derecho de propiedady la inviolabilidad del domiciliopara todos los hombres del territoriodel reino.
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Se consagra la Carta Magna Inglesa la cual consigna la libertad dela Iglesia, la libertad personal, algunasgarantías procesales, derecho de propiedad,libertad de tránsito, teniendocomo fundamental característica lainclusión de un sistema de control delpoder real, para así asegurar el ejerciciode estas garantías.
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Se inicia el Renacimiento en Italia, su filosofía seráel humanismoes el fundamento éticoy filosófico en la consolidación delos reconocimientos de los derechoshumanos en el periodo premoderno. Inspirado en la antigüedadclásica, el Renacimiento recobra laconcepción griega del hombre comomedida de todas las cosas, y la libertadde pensamiento y de acción se vuelveirrenunciables.
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Francisco de Vitoria se convierte en el iniciador del derecho internacional.
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Enrique IV, príncipe protestante convertido al catolicismo, promulgó el Edictode Nantes con el fin de terminarlas guerras de religión en Francia. A través de ese documento se pretendía alcanzar la convivencia pacífica entre la religión católica (mayoritaria,denominada la “religión del reino”)y la denominada “religión pretendida reformada”.
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Se da la segunda generación de los derechos humanos, con la Organización Mundial del Trabajo (OIT) incluida en el Pacto de Versalles.
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Surgen los derechos colectivos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, y que se denominará “tercera generación de derechos. En esta Carta se establece el carácter obligatorio del derecho internacional para todos los Estados, sean o no miembros de las Naciones Unidas y se establecen sanciones para aquellos que lo violen.