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Fue con su reinado que se marca el comienzo del fin para el Imperio Romano. Esta etapa es el Bajo Imperio. -
Debido a la triple crisis en el Imperio; económico-fiscal, política y fiscal. Todo ello causó una vuelta al campo, y la desintegración del imperio.
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Odoacro, rey de los hérulos, derroca al último emperador de Roma, Rómulo Augústulo, el 4 de septiembre de 476. Este hecho marca el fin del Imperio Romano: desaparece el imperio occidental mientras que el imperio oriental bizantino sobrevive hasta la caída de Constantinopla, en 1453. -
Durante este periodo, reina el feudalismo en occidente. En la península ocurre la entrada de los musulmanes en el 711.
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Durante esta época, se hacen pocas obras del de derecho en Occidente. Existe una vulgarización y simplificación del derecho, respondiendo al momento social y político de prevalencia de la costumbre sobre el derecho escrito.
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Es una recopilación de textos legales de la época imperial así como de jurisprudencia romana desde el año 117 al 565. -
Su llegada marca un antes y un después para los integrantes de la península. Con el cambio religioso, la cultura se mezcla, y poco después comienza la reconquista. -
Del campo, y la vida arícala con relaciones señoriales, en torno al año 1000, los campesinos pasan a las ciudades. -
Venimos de una época oscura para el derecho, pero cambia con el renacimiento medieval del derecho. Marca el paso de la alta edad (siglos oscuros para el derecho, organización señorial y de costumbres) a la baja edad media.
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Jurista Italiano, iniciador de la Escuela de Bolonia.
Este busca reconstruir la obra de Justiniano porque pensaba que era la la Ratio Scripta. Pasó toda su vida recuperando textos jurídicos de muchos años antes. Recomponiendo a base de fragmentos. A su juicio, el derecho (la verdad y la justicia) estaba en la obra de Justiniano. Nunca se había hecho nada igual, y no se iba a repetir, por lo que se debe de intentar hacer una reedición de la misma. Por ello acaba fundando la escuela de Bolonia. -
Se estudia el Utrumque Ius - Uno y Otro derecho. Suma del derecho civil y el derecho canónico. Los juristas son los únicos que conocen ambos derechos.
Los juristas eran los únicos que sabían el Ius Commune, y en las universidades era el único derecho que se estudia. En todos los lugares estudiaban este derecho. Los juristas buscaban el poder, dado que les acercarían a las esferas del poder. Por ello arriesgaban su vida para ir a la universidad de Bolonia. -
En la escuela de Bolonia, por los glosadores.
Los glosadores escribían glosas marginales, al margen comentaban y explicaban el derecho de la obra de justiniano. -
Jean Chappuis (circa 1500), compila el Corpus Iuris canonici, que tiene vigencia hasta el 1917. Es importante por ser el derecho de la iglesia desde Graciano, y es parte también del derecho Común. Es en el 1917, se crea el primer Códice Canónico. El código penal y todos estos son frutos de la codificación de los siglos IX – X. El corpus Iuris Canonici estuvo vigente sobre 700 años.
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Graciano era un monje que enseñó en Bolonia, pero desarrollo su trabajo en el derecho de la iglesia.
Detecta que la normativa de la iglesia tiene disposiciones contradictorias. Busca concordar cánones disonantes, reparar las contradicciones en la iglesia. Elabora el decreto de Graciano. Sobre el 1140, se va componiendo por partes. Pero no tiene oficialidad, no está promulgado por ninguna estancia o poder público. En el periodo romano, se hacen textos así (El códex Gregorianos y Hermogenianus). -
La idea de la iglesia era que este texto era una continuación del concilio de graciano. Se hace sobre el 1234, buscado lo mismo que el texto de graciano. El artífice de la obra, el capellán San Raimundo de Peñafort. Sobre su contenido: Los decretales son del (1154-1234) y canones. -
Obra oficial de tiempos del Papa Bonifacio VIII, 1298. Continua la labor de buscar lidiar con las contradicciones que aun existían. Se llama así porque las obras de la Iglesia eran divididas en 5 libros. Continua el Liber Extra, pero aun así son 5 libros. Recoge Decretales (1239 – 1289) y cánones conciliares. -
Fueron reunidas durante el pontificado de Clemente V -
20 constituciones de Juan XXII -
70 Decretales de los Papas desde Urbano IV hasta Sixto IV. Publicadas por Chappuis.