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En ese gobierno se expidieron las tres primeras Leyes:
1) Ley Juárez; 2) Ley Lerdo, y 3) Ley Iglesias, cuyos ordenamientos pretendieron, por un lado, investir al Estado de facultades para atender asuntos civiles y por otro limitar el poder del clero católico en asuntos de carácter civil. -
En el currículo de primaria, nada tuvo que ver con cualquier doctrina religiosa, pues más bien fue diseñado como un planteamiento de la moral cívica oficial para introducir los principios laicos.
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“Liberales Puros” y “Liberales Moderados”, ambos quienes plasmaron en algunos artículos de la Constitución que se promulgó el 5 de febrero de 1857 los principios de separación de atribuciones entre el Estado y la Iglesia.
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Promovida y sostenida por el clero, el gobierno interino de Benito Juárez García promulgó desde Veracruz las Leyes de Reforma consistentes en ordenamientos orientados a una separación clara entre el Estado y la Iglesia a fin de contrarrestar el poder y la influencia de los clérigos en la vida civil.
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Se estableció la gratuidad y la obligatoriedad como modalidad en la educación. De manera más concreta, la escuela en su administración y en la impartición de la enseñanza fue denominada independiente de la doctrina religiosa de cualquier credo.
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Se estableció que la escuela fuera laica. Además de ser independiente de las autoridades eclesiásticas, se dispuso que se abstuviera también de impartir enseñanza religiosa de cualquier credo.
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El 25 de setiembre de 1873 se incorporaron a la Constitución de 1857 las Leyes de Reforma y se consagró de manera reglamentaria la separación del Estado y la Iglesia.
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El Congreso de la Unión promulgó el Decreto donde se confirmó el carácter laico de la educación, Dicha disposición fue una acción concreta del Poder Legislativo en contra de la enseñanza religiosa.
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Se pusieron en práctica asuntos relativos al desarrollo económico y la modernización del país, pero a los aspectos como la reglamentación de cultos y la enseñanza laica.
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Se estableció, de manera más enérgica, el sentido laico al disponer la exclusión de los ministros del culto y de las personas que hubieran hecho votos religiosos de las escuelas oficiales.
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Para el caso de las escuelas oficiales donde se impartiera educación, fuera gratuita y laica además de obligatoria. Con esta disposición se planteó de manera concreta el precepto laico de la educación.
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Se negó personalidad jurídica a las Iglesias y se les sometió al poder civil. Se dispuso una orientación laica para la educación pública y privada, planteada ésta como ajena a cualquier doctrina religiosa.
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"La educación que imparta el Estado será socialista y, además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social."
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Se estableció un excesivo control y vigilancia sobre los planteles privados a fin de eliminar todo vestigio de instrucción religiosa.
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“La educación que imparte el Estado —Federación, Estados, municipios— tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de solidaridad internacional, en la independencia y la justicia”.
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Reforma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de marzo de 1993 y, con el agregado en 2002, en razón de decretar obligatoria la educación preescolar.