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Se incorporaron las normas de las ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulan el comercio terrestre y marítimo.
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La matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se crea la bolsa mercantil que se instalo en 1822 y funciono por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Rosas suprimió los concursos de acreedores. Luego derogado en 1858.
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Solo en la provincia de Buenos Aires.
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El Estado de Buenos Aires confio en 1856 al jurista Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Vélez Sarsfield. El proyecto se presento al poder ejecutivo en 1857. Obtuvo la aprovacion en 1859 y comenzo a regir solo en la provincia de Buenos Aires en 1860
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En la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta ese momento solo regía en la provincia de Buenos Aires.
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Lo que planteó la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Las principales reformas fueron: el valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; se suprimió el requisito de la inscripcion en la matricula para adquirir la calidad de comerciante;cambios en la reglamentacion sobre corredores, empresas de transporte, cheques, derecho maritimo, quiebras, etc; y se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
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Este decreto incorpora al viejo código de comercio un nuev régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Esta ley incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Esta sanción incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Esta sanción incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.66 incorpora un nuevo régimen para los martilleros
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Esta ley incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre cheques y la Ley 24.522 incorpora un nuevo régimen sobre concursos y quiebras.
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Esta Ley modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Este año el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Puso sin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra viegente en la actualidad y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.