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Se presentan algunas de las declaraciones y proclamas, producto de grandes procesos de los pueblos y que se consideran como precursoras de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos y de otros instrumentos posteriores a ella -
Promulgada en 1215, donde se apunta una serie de derechos de los hombres libres del reino y la igualdad jurídica, así como la libertad de la Iglesia en relación con el poder del rey. Se trata de una serie de disposiciones legales, para un grupo en particular. Se constituye en un documento digno de mencionar, en tanto de alguna manera y de acuerdo con las modificaciones que se le han ido realizando, son la base de la Carta Magna actual.
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Promulgada en 1776, representa la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América, del Reino Inglés y consigna la primera declaración, en la cual los derechos se expresan como derechos de la naturaleza misma del ser humano, que no pueden ser violados por ningún motivo, en contraposición a la Carta Magna de Inglaterra, que concebía los derechos como una concesión del rey.
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Aprobada en Francia en 1789, expresa los derechos de las personas en su calidad de hombres y de ciudadanos, los cuales define como derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre. Son fuente de información para posteriores instrumentos del mismo tema.
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En los inicios del siglo XX, se elaboraron otros instrumentos considerados precursores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre ellos:
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Aprobada por el III Soviets de Diputados, obreros y soldados rusos en 1918, resulta un avance importante en cuanto a derechos económicos, sociales y culturales. Así como en las bases
de lo que hoy conocemos como la libre determinación de los pueblos. -
Aprobada en 1919, es pionera de la promulgación de la igualdad en derechos y obligaciones de hombres y mujeres.
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Además de los instrumentos de carácter universal, que se han escrito para proteger los derechos humanos, existen los denominados instrumentos de carácter regional, es decir, los
instrumentos que se han escrito para los países africanos, los asiáticos, los que ha elaborado lacomunidad europea, y en el caso de los países centroamericanos, que son cubiertos por el Sistema
Americano. -
Adoptados por la Asamblea General de la ONU en Diciembre de 1966, pero entran en vigor en 1976.
Una vez que un Estado ratifica este pacto, es imprescindible que establezca la forma en que va proteger a su pueblo contra tratos crueles, inhumanos o degradantes. Es decir, que este pacto contiene los derechos que pueden garantizarse, inmediatamente sea ratificado por un Estado. -
En este Pacto, se agregan algunos derechos no contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tales como el derecho a la libre determinación de los pueblos y el derecho a huelga.En el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se exponen ampliamente los deberes del Estado en materia de Educación, con miras a desarrollar la personalidad humana, el sentido de dignidad y el fortalecimiento de los derechos humanos.
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Conocida también como Pacto de San José, se adopta en noviembre de 1969. Esta Convención es la que le da fuerza jurídica a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fortaleciendo los derechos políticos y los derechos civiles,
mediante el refuerzo de mecanismos interamericanos de promoción y protección de los artículos estipulados en ella, donde se establece la obligatoriedad de los Estados de respetar los derechos y libertades en ella establecidos. -
Este protocolo es conocido como Protocolo de San Salvador.
Entre los aspectos fundamentales de este protocolo, tenemos la búsqueda de un reconocimiento de la dignidad de la persona humana, mediante la aceptación de que todos los derechos sean económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, deben considerarse como un todo indisoluble, para lo cual se exige su tutela y promoción permanente. -
Esta Convención entró en vigor en septiembre de 1981.
Aún cuando los instrumentos de derechos humanos que se han citado, protegen a hombres y mujeres por igual, probablemente, por ideas erróneas respecto de los sexos y de la valoración del trabajo, constantemente se produce discriminación, o marginación de las mujeres, lo que hizo necesaria la Convención, con el propósito de garantizar ante la ley y en la práctica, el principio de igualdad entre las personas.