-
El artículo 12 de la Declaración señala como derecho humano la protección hacia injerencias con respecto a los datos personales de las personas.
-
El artículo 8 de éste convenio establece el respeto que debe tener los entes públicos y privados hacia la vida privada y familiar.
-
En Suecia, se crea la autoridad de protección de datos; se organiza bajo el Ministerio de justicia y protege la individualidad del individuo en sociedad.
-
Se crea, en Estados Unidos, la ley que regula la recopilación, el mantenimiento, el uso y la difusión de datos de identificación personal.
-
A partir de 1977 hasta 1979, comienza una ola de promulgación de leyes y normativas que protegen los datos personales. Los países que destacan en ésta corriente normativa serían Canadá, Francia, Noruega, Austria y Luxemburgo.
-
En éste año, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico emitió una serie de recomendaciones en la materia de Protección de Datos Personales.
-
Durante éste año, se firma el Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de carácter Personal. Fundamentado en el crecimiento exponencial de la circulación de datos personales de forma internacional el motivo del convenio.
-
Brasil, al crear la Ley de Protección de Datos, se convierte en primer país latinoamericano en formular una normatividad acerca de la protección de los datos privados de las personas.
-
Después de Brasil, Argentina sigue los pasos del país para formular una ley acerca de la protección de los datos personales delas personas.
-
A partir de su promulgación, la Protección de Datos Personales se convierte en un derecho fundamental.
-
En México, se crea el instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. Se encarga de garantizar el derecho a la información pública, a la protección de los datos personales de las personas y a resolver conflictos que surjan por su utilización.
-
En México, se crea la Ley Federal de Transparencia y Acceso a a Información Pública Gubernamental con la cual se reconoce y regula el derecho individual al acceso a la información de las instituciones y órganos del Estado.
-
Durante éste año, se realizo una reforma constitucional al artículo 6, en la cual se establecen criterios normativos más rigurosos y específicos sobre la protección de datos personales.
-
Es en éste año en el que se le da la facultad al Congreso para legislar en materia de protección de datos personales.
-
A través de ésta reforma, se logra establecer la protección de datos personales como un derecho fundamental incluido en las garantías de seguridad jurídica (aunque no es hasta el 2009 que las legislaturas locales aprueban el proyecto).
-
García Menéndez José Fernando
201906082