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EVOLUCIÓN DEL DERECHO PROCESAL MERCANTIL

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    EDAD MEDIA

    EDAD MEDIA
    El Derecho mercantil surge en la Edad Media, frente a la rigidez y formalismo del Derecho civil, pues los comerciantes sienten la necesidad de unas normas que se adapten mejor a los requisitos del comercio. Dejan de aplicar entre sí la normativa rígida del derecho civil, y crean un derecho autónomo, que no surge por imposición del Estado, sino por su aceptación social y que se plasma en costumbres recogidas por recopilaciones hechas por asociaciones de comerciantes.
  • ORDENANZAS DE BILBAO

    ORDENANZAS DE BILBAO
    Los juicios mercantiles se rigieron por las Ordenanzas de Bilbao de 1737,dejando de lado otros ordenamientos españoles que regulaban de manera más completa a los juicios mercantiles
  • CODE DE COMMERCE FRANCES

    CODE DE COMMERCE FRANCES
    Con la Revolución Francesa se plantea pues la necesidad de desechar la concepción tradicional del Derecho mercantil, como un derecho de clase de los comerciantes. prevaleció la idea que la normativa civil no era apropiada para regular la actividad comercial. Este dilema propicia la aparición, a través del “Code de commerce” francés de 1807, de una concepción objetiva del Derecho mercantil, basada en el acto de comercio
  • EPOCA CONTEMPORANEA DEL DERECHO MERCANTIL

    EPOCA CONTEMPORANEA DEL DERECHO MERCANTIL
    En 1830 bajo el Reinado de Fernando VII comienza pues la época contemporánea del Derecho mercantil español. Aunque el “Rey felón” es una de las bestias negras del liberalismo español, no se le puede negar el mérito de haber propiciado la ruptura del sistema medieval de Derecho mercantil, que hasta entonces continuaba en vigor.
  • CODIGO LARES

    CODIGO LARES
    Es conocido como el primer Código de Comercio, se dictó el 16 de marzo de 1854, y fue conocido como Código de Lares por el ministro de Justicia, don Teodosio Lares, eminente jurista que intervino en su redacción.
  • DEROGACIÓN DEL CODIGO LARES

    DEROGACIÓN DEL CODIGO LARES
    El Código Lares tuvo escasa vigencia, ya que fue derogado por los artículos 12 y 16 de la Ley Juárez de 23 de noviembre de 1855, retomándose la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao, hasta que logró cristalizarse el proyecto de un nuevo código de comercio: el de 15 de abril de 1884.
  • NUEVO CODIGO DE COMERCIO

    NUEVO CODIGO DE COMERCIO
    Este Código previó que los juicios mercantiles se seguirían conforme a lo dispuesto en las leyes y códigos de procedimientos civiles, con las modificaciones previstas en ese ordenamiento (artículo 1502).
  • PROCESO MERCANTIL EN MEXICO

    PROCESO MERCANTIL EN MEXICO
    El proceso mercantil en nuestro país está regulado por el Libro V del Código de Comercio de 1889, hasta el día de hoy vigente, Desde luego con varias reformas para llegar a regularse tal cual lo conocemos en la actualidad.apartándose totalmente de su antecesor en la parte procesal, para inspirarse por completo en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y Territorios Federales de 15 de mayo de 1884.
  • CODIGO DE COMERCIO 1890

    CODIGO DE COMERCIO 1890
    Las características más importantes de este codigo y en general, de la legislación mercantil en México, son, en primer lugar, su aplicación en todo el territorio nacional.El proceso mercantil en nuestro país está regulado por el Libro V del Código de Comercio de 1889, hasta el día de hoy vigente, Desde luego con varias reformas para llegar a regularse tal cual lo conocemos en la actualidad
  • CODIGO DE COMERCIO ALEMAN

    CODIGO DE COMERCIO ALEMAN
    Frente a la orientación objetiva del “Code de Commerce” francés y del Código de Comercio español (1885) e italiano (1882), aparece el Código de Comercio alemán de 1897, que vuelve a la concepción subjetiva como elemento diferenciador del Derecho Mercantil frente al Derecho Civil. El Derecho mercantil aparece en esta nueva fase más como una carga que como un privilegio de clase.
  • REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO MEXICANO

    REFORMA AL CODIGO DE COMERCIO MEXICANO
    El proceso mercantil regulado en el Código de 1889 , permaneció intocado hasta la reforma de 4 de enero de 1989, es decir, casi un siglo después y, más tarde, con la reforma de 24 de mayo de 1996, en la que se intentó regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad que hasta ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la federación.
  • DECRETO EN EL 2003

    DECRETO EN EL 2003
    El decreto del 24 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio del mismo año, en el que sustancialmente cambia el régimen de supletoriedad, de los códigos procesales civiles locales al Código Federal de Procedimientos Civiles, destacando que tal cambio o reforma no será aplicable a los creditos contratados con anterioridad ala fecha de entrada en vigor de dicha reforma.
  • DECRETO DE 2008

    DECRETO DE 2008
    Con la finalidad de corregir las deficiencias, el 17 de abril de 2008, se publicó el decretó que reformó, entre otros, el artículo 1054 del Código de Comercio, incluyendo nuevamente a “la ley de procedimientos local respectiva” como supletoria, después de aplicar el Código Federal de Procedimientos Civiles.
  • DERECHO PROCESAL MERCANTIL EN LA ACTUALIDAD

    DERECHO PROCESAL MERCANTIL EN LA ACTUALIDAD
    En la actualidad el Derecho mercantil se encuentra en una fase de transición. El Código de Comercio ha pasado a regular solamente una pequeña parte de la materia mercantil, puesto que partes fundamentales de su articulado han sido derogadas y sustituidas por leyes especiales; y en otros casos se ha modificado el propio articulado del Código de Comercio introduciendo normas totalmente ajenas a los planteamientos históricamente originarios del Código de Comercio.