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No existieron las cárceles. Las sanciones eran: pena de muerte, ley del talión, azotes en el cuerpo,
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El derecho penal maya era severo. No contemplaba la pena de prisión, sino la de muerte, la ley del talión y la de esclavitud, cabe destacar que la esclavitud era hereditaria. La pena y la obligación de reparar los daños eran trascendentales, podían alcanzar a los hijos, a la esposa y a los demás parientes del condenado. Lo delitos más comunes en la cultura maya eran, el adulterio, violación, estupro, homicidio, y robo.
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Aplicaban la ley del talión, y la pena máxima era la pena de muerte.
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El derecho penal era muy sangriento, la pena de muerte era la sanción más fuerte, se podía llevar a cabo por ahorcamiento, muerte en la hoguera, ahogamiento, apedreamiento, azotamiento, degollamiento, y desgarramiento del cuerpo.
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Se aplico en el valle de Texcoco los jueces gozaban de amplia libertad para sancionar las conductas conceptualizadas como delitos, por lo que las penas podrían llegar a constituir la muerte misma del delincuente o la esclavitud, pasando por el catálogo del destierro, la suspensión o destitución del empleo, la
prisión en cárcel o en el domicilio mismo, figura que hoy es conocida como el arraigo domiciliario. -
El mayor de los castigos para las mujeres y hombres que hacían brujería era la inquisición, recordemos que durante la época colonial se tuvo mucha influenza por parte de la iglesia.
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En la época colonial se solían penalizar los hechos ilícitos con las leyes de indias1681, leyes de toro 1505, y las reformas borbónicas 1750, pues con la conquista de México se tuvo como objetivo regular a la sociedad con las leyes españolas.
En esta época el derecho penal se solía calificar como, heterogéneo, caótico, y generador de desigualdades, riguroso, cruel, y arbitrario. -
Las principales penas que se aplicaban iba desde, la horca, decapitación, degüello, y hoguera.
en 1680 surgen la “Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias”, -
En esta época solo se tipificaron los delitos de portación de armas, al uso de bebidas alcoholizadas, represión de la vagancia y de la mendicidad, y organización policial.
Fue hasta 1857 los constituyentes sentaron las bases de nuestro derecho penal propio por el presidente Gómez Farías. -
Antonio Martínez de Castro, Manuel Zamacona, José María Lafragua y Eulalio Ma. Ortega dieron origen al código penal de 1871 mejor conocido como Código Martínez de Castro.
Conformado por 1152 artículos, conformado por 4 libros el primero; De los delitos, faltas, delincuentes y penas; el segundo responsabilidad civil en materia criminal; el tercero, De los delitos en particular; y el cuarto, de las faltas. -
Conocido como el Código Almaraz, el cual consta de 1 228 artículos, sin contar con transitorios, que se agrupan en tres libros precedidos de un título
preliminar, los cuales se ocupan de: Principios Generales; Reglas sobre responsabilidades y sanciones ; de la reparación del Daño y de los tipos legales de los delitos, -
Conformado por 400 artículos, propone el criterio de peligrosidad para individualizar la pena,