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A partir de esta Declaración, en la cual participaron diversos países, entre ellos México, se establece el derecho a la privacidad de las personas en su familia, domicilio o su correspondencia (art.12).
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A través del Diario Oficial Federal se dan a conocer una serie de reformas en la Constitución, dentro de las cuales se agrega al artículo 6o lo siguiente: "(...) el derecho a la información será garantizado por el Estado".
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Esta ley fue creada con el fin de proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal.
Esta ley entra en vigor, a partir del 12 de junio del mismo año. -
El IFAI se creó formalmente a través del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación. Este organismo se constituyó como un regulador de información y protección de datos personales para la administración pública federal, para supervisar el cumplimiento de la ley y fomentar el ejercicio del derecho de acceso a la información entre los ciudadanos.
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A partir de la participación de México en esta cumbre, el país decidió agregarse a la Red Iberoamericana; que tenía como objetivo crear leyes para la protección de datos y garantizar a las personas la seguridad de sus datos.
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A través del foro del IFAI se da a conocer a través de la resolución 1189/05 que las actas de matrimonio, nacimiento y defunción no son esenciales y deben ser otorgadas cuando se requieran.
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A través de la modificación del segundo párrafo de este artículo se reconoce:
*El derecho a la protección de datos personales como un DERECHO FUNDAMENTAL. -
Después de casi un año, logró aprobarse la adición de dos párrafos que se refieren a la vida privada y la protección los datos personales. Se reconocen los siguientes derechos:
Derecho de acceso
Derecho de rectificación y/o corrección -
A través de la reforma de este artículo se logró dotar de facultades al Congreso Federal para legislar en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se reconocen los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (DERECHOS ARCO) y se establecen como excepciones: la seguridad nacional, las disposiciones de orden público, seguridad pública, salud pública, derechos de terceros.
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EL objetivo de esta ley es regular el tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales en posesión de particulares, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
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Se modifica el apartado A, fracción VIII donde establece que la Federación contará con un organismo totalmente autónomo que se encargará de cuidar los datos personales.
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La ley tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en México. El IFAI deja de ser parte de la APF y se convierte en Órgano Constitucional Autónomo (INAI)
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Surgió con el objetivo de establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados.