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Art. 57
Las entidades públicas deben elaborar planes de adaptación de espacios públicos, edificios y sevivios de forma que sean accesibles a las personas con discapacidad. -
Art. 49
En Colombia existen cuotas para que los proyectos de vivienda de interés social construidos por el gobierno nacional garanticen la accesibilidad de por lo menos un porcentaje de dicha oferta. La Ley 361 de 1997 estableció en su artículo 49 que por lo menos un 10% de las viviendas de interés social debían ser accesibles y libres de barreras arquitectónicas -
En este se desarrollan los derechos de las personas menores de edad en el país.
En el artículo 36 se consagró que además de los derechos incluidos en la Constitución y en los tratados y convenios internacionales, los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad tienen derecho a gozar de una calidad de vida plena y a que se proporcionen las condiciones necesarias por parte del Estado para que puedan valerse por sí mismos e incluirse en la sociedad. -
En el régimen jurídico colombiano, a pesar de la reforma del año 2009, opera la sustracción de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y un juez de la República puede nombrar a un tercero para que tome las decisiones en su lugar.
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Ha habido un avance importante en el registro de víctimas con discapacidad.
La Corte hizo un llamado al gobierno nacional para que reconozca los riesgos agravadosy desproporcionados de las personas con discapacidad en situación de desplazamiento
forzado y para que transversalice el enfoque de discapacidad a todas las medidas de atención, asistencia y reparación -
Sancionaba penalmente la discriminación por motivos de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual pero originalmete no incluía la discapacidad.
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Esta ley desarrolló el Art 12 de la CDPD de manera
limitada ordenando al Ministerio de Justicia, a las entidades del Ministerio Público y al ICBF “proponer e implementar ajustes y reformas al sistema de interdicción judicial de manera que se desarrolle un sistema que favorezca el ejercicio de la capacidad jurídica y la toma de decisiones con apoyo de las personas con discapacidad." Artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas”. -
Uno de los mayores avances se logró con la adquisición
de la “licencia país” de un software lector de pantalla, el cual puede ser descargado gratuitamente en Colombia y que permite la captura de información de los dispositivos y la convierte en sonidos o formas táctiles que pueden ser percibidos por las personas con discapacidades visuales -
las distintas formas de comunicación usadas por las personas con discapacidad son protegidas y las herramientas y tecnologías disponibles son consideradas como ajustes razonables o medidas de diseño universal que pueden ser exigidas administrativa o judicialmente.
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Adoptada por el congreso de la república, por medio de esta se sanciona penalmente la discriminacion en contra de las personas con discapacidad, permitiendo el goce de la misma protección legal que otros grupos poblacionales.