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La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
Buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y ampliar la participación ciudadana en favor de la transparencia. -
Se le otorgo la autonomía constitucional se aumentó en un numero de comisionados, pasando de cinco a siete, y se amplió de manera importante su ámbito competencial , ya que a partir de la reforma se podía conocer de los asuntos relacionados con los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que formara parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial
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1) Leyes publicadas y datos gubernamentales
2) Derecho de acceso a la información
3) Participación de la sociedad civil
4) Mecanismos de queja -
Es una organización internacional que a través del Proyecto de Justicia Mundial (World Justice Project) que desarrolló el índice de gobierno abierto, el cual se elabora con los datos arrojados por 100 mil encuestas aplicadas en las tres ciudades principales de cada país, con un análisis de los datos abiertos de cada gobierno, de acceso a la información, de participación ciudadana y de la eficiencia de los mecanismos de denuncia
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el 7 de febrero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México
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En la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) tuvo dos componentes fundamentales reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y; 2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho
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• La Secretaría de la Función Pública
• La Coordinación del Sistema Nacional e-México, que recae en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
• El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
• El Fondo de Información y Documentación para la Industria
• La totalidad de dependencias y secretarías que internamente conformaron equipos de trabajo que definieron y revisaron la composición temática de los 16 canales con los que contó el portal. -
Las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así como buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión
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La transparencia y el derecho de acceso a la información (DAI) son componentes esenciales de la rendición de cuentas en regímenes democráticos. La transparencia consiste en hacer pública la información que se genera en las organizaciones públicas, para que las personas interesadas puedan revisarla, analizarla y, en su caso, usarla como mecanismo para actuar y tratar de sancionar, si se exhiben anomalías
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En contextos democráticos, la calidad de la democracia depende directamente de la transparencia, o bien, de la medida en la que los ciudadanos alcancen el mayor y más igualitario nivel de información posible, más allá de los requisitos procesales mínimos
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se lleva a cabo mediante e diseño, implementación y evaluación de una política de trasparencia integral que regule un sistema donde se involucre a las diferentes instituciones públicas en todos los niveles de gobierno.
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consiste en las decisiones y los procesos aceptados por el Estado para darle contenido sustantivo a los principios democráticos de responsabilidad, publicidad e inclusión en la agenda gubernamental para poder responder a los problemas de asimetría de la información en la acción pública y vincular las decisiones tomadas por los distintos actores gubernamentales con la mayor apertura posible
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Acuerdo para la creación de la Comisión Intersecretarial de Gobierno Electrónico que tuvo como principal objetivo usar las TIC para el buen gobierno
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Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro
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Un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
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a fin de ayudar a reducir las asimetrías de información que causan muchos de los problemas e ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales
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1) El acceso a la información como derecho humano universal.
2) La información pública le pertenece a las personas.
3) Máxima apertura de los poderes del Estado.
4) Obligación de publicar y entregar la información que posee el Estado.
5) Procedimientos sencillos, ágiles y a costos mínimos.
6) Mínimas excepciones.
7) Organismo autónomo para promover la apertura y resolver controversias.
8) Tras la pista del dinero público.
9) Consistencia jurídica.
10) Promoción del federalismo -
La transparencia es, entonces, una herramienta que tiene distintas funciones, ya que, por un lado, inhibe y sanciona, mediante la exposición de la conducta y de las decisiones de los representantes como individuos y de las instituciones como colectivos; y, al mismo tiempo, sirve como un instrumento de contención, ya que los representantes se hacen conscientes de que se proyecta la ética de sus conductas
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La primera denota la obligación a que deben someterse las instituciones y organismos públicos para conceder, a quienes lo requieran, el acceso oportuno a la información, mediante leyes y normas adecuadas.
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Consiste en la difusión periódica y sistematizada de información acerca de la gestión que sea necesaria para una evaluación social de su desempeño a través de la explicación de las funciones, actividades, dotación, presupuesto, objetivos, indicadores de gestión y sistemas de atención al público, la cual debe estructurarse de modo que permita la comparación entre un ejercicio y otro
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El DAI se deriva de las reformas del artículo 6°constitucional relativa al derecho de información que se promulgo en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos
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El esquema de democracia representativa, los representantes electos son responsables si los votantes tienen oportunidad de discernir sobre su actuación en función de sus intereses y, en caso contrario, sancionarlos oportunamente; de modo que aquellos gobernantes electos que actúen de acuerdo con el interés de los ciudadanos puedan resultar reelectos y que quienes actúen en sentido contrario a dicho interés no lo sean